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Año CLVIII No. 52.304 Bogotá, D. C., viernes, 10 de febrero de 2023 Página 1

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 184 DE 2023

(febrero 10)

por el cual se modifica el Decreto 2442 de 2006 en lo relacionado con la integración de la Comisión Colombiana del Espacio.

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Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

  

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, y en particular, las previstas en el artículo 45 de la Ley 489 de 1998, y 

  

  

CONSIDERANDO: 

  


Que mediante el Decreto 2442 de 2006 se creó la Comisión Colombiana del Espacio como “órgano intersectorial de consulta, coordinación, orientación y planificación, con el fin de orientar la ejecución de la política nacional para el desarrollo y aplicación de las tecnologías espaciales, y coordinar la elaboración de planes, programas y proyectos en este campo”. 

  

Que mediante el Decreto 1874 del 9 de septiembre de 2022 se confió a la Vicepresidente de la República de Colombia unas funciones y encargos, y se derogó el Decreto 750 del 9 de julio de 2021, por el cual se había asignado como función de la Vicepresidente de la República; la misión de presidir la Comisión Colombiana del Espacio. 

  

Que mediante el Decreto 2647 de 2022 se modificó la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, y en él no se asigna función alguna a la Vicepresidente de la República referente a la Comisión Colombiana del espacio. 

  

Que es necesario actualizar la referencia o denominación de los actuales miembros de la Comisión Colombiana del Espacio a las disposiciones legales vigentes. 

  

Que por lo expuesto se considera procedente modificar la composición de la Comisión Colombiana del Espacio. 

  

Que en mérito de lo expuesto; 

  

DECRETA: 


Artículo 1°. Modificar el artículo 3° del Decreto 2442 de 2006, el cual quedará así: 

  

“Artículo 3°. Conformación. La Comisión Colombiana del Espacio estará integrada por: 


1. El Presidente de la República o su representante, quien la presidirá.
2. El Ministro de Relaciones Exteriores o su delegado.
3. El Ministro de Defensa Nacional o su delegado.
4. El Ministro de Educación Nacional o su delegado.
5. El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones o su delegado.
6. El Ministro del Interior o su delegado.
7. El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural o su delegado.
8. El Ministro de Transporte o su delegado.
9. El Ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación o su delegado.
10. El Director del Departamento Nacional de Planeación o su delegado.
11. El Comandante de la Fuerza Aérea Colombiana o su delegado.
12. El Director de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil o su delegado.
13. El Director del Instituto Geográfico Agustín Codazzi o su delegado.
14. El Director del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM) o su delegado.
15. El Director de la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia o su delegado.
 

  


Parágrafo. A las reuniones de la Comisión podrán ser invitados, con derecho a voz, pero sin voto, los representantes de otras entidades públicas o privadas, representantes de organismos y gremios del sector privado nacional e internacional, asesores, expertos y demás personas naturales o jurídicas, según estimen conveniente los miembros de la Comisión”. 


Afecta la vigencia de: [Mostrar]



Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. 

  

  

Publíquese, comuníquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá, D. C., a 10 de febrero de 2023. 

  

GUSTAVO PETRO URREGO 

  

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Óscar Mauricio Lizcano Arango.