Lectura de documento:

Curso SUIN-Juriscol


Inscripciones abiertas

Curso características de los procesos de constitucionalidad y nulidad

Inscripciones abiertas

Curso Calidad Normativa


Inscripciones abiertas
CIRCULAR21851185108 script var date = new Date(08/08/1851); document.write(date.getDate()); script falsefalseGACETA OFICIAL REPÚBLICA DE LA NUEVA GRANADA No.1.260 del 09 de agosto de 1851 Pag.555SECRETARÍA DE HACIENDAMandando cumplir desde 1. ° de julio de este año la lei sobre personal i sueldos de las oficinas de hacienda.falsefalseHacienda y Crédito PúblicofalsefalseMandando cumplir desde 1. ° de julio de este año la lei sobre personal i sueldos de las oficinas de hacienda.Secretario de Estado, despacho de Hacienda, M Murillofalse09/08/185108/08/185109/08/1851Bogota 8 de asgosto de 18511260557557A los señores Gobernadores

GACETA OFICIAL REPÚBLICA DE LA NUEVA GRANADA No.1.260 del 09 de agosto de 1851 Pag.555

ÍNDICE [Mostrar]

CIRCULAR 2

(agosto 08)

Mandando cumplir desde 1. ° de julio de este año la lei sobre personal i sueldos de las oficinas de hacienda.

De:

Secretario de Estado, despacho de Hacienda, M Murillo

Para:

A los señores Gobernadores

Asunto:

Mandando cumplir desde 1. ° de julio de este año la lei sobre personal i sueldos de las oficinas de hacienda.

Lugar y Fecha:

Bogota 8 de asgosto de 1851

[Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


República de la Nueva Granada Secretaria de Estado del Despacho de Hacienda.- Seccion central. Ramo de contabilidad.-Bogotá, 8 de agosto de 1851 

  

A los señores Gobernadores. 

Tengo órden del Ciudadano Presidente de la República para decir a esa Gobernacion, que la lei de 12 de junio último, sobre personal i suel. dos de las oficinas de la Hacienda nacional, debe cumplirse desde el dia 1. de julio del presente año, reconociéndose desde esa fecha en adelante a favor de los respectivos empleados, los sueldos que por dicha lei tienen asignados. 

  

M Murillo.