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CIRCULAR21851185111 script var date = new Date(10/11/1851); document.write(date.getDate()); script falsefalseGACETA OFICIAL REPÚBLICA DE LA NUEVA GRANADA No.1.288 del 15 de Noviembre de 1851 Pag.783SECRETARÍA DE HACIENDARecomendando la inmediata adopcion de varias medidas convenientes al Tesoro nacionalfalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalsefalseRecomendando la inmediata adopcion de varias medidas convenientes al Tesoro nacionalEl Secretario Interino de Hacienda, Rafael de Porrasfalse15/11/185110/11/1851Bogotá, 10 de noviembre de 18511288783Al Señor Gobernador de la provincia de.....

GACETA OFICIAL REPÚBLICA DE LA NUEVA GRANADA No.1.288 del 15 de Noviembre de 1851 Pag.783

CIRCULAR 2

(noviembre 10)

Recomendando la inmediata adopcion de varias medidas convenientes al Tesoro nacional

De:

El Secretario Interino de Hacienda, Rafael de Porras

Para:

Al Señor Gobernador de la provincia de.....

Asunto:

Recomendando la inmediata adopcion de varias medidas convenientes al Tesoro nacional

Lugar y Fecha:

Bogotá, 10 de noviembre de 1851

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Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


República de la Nueva Granada. -- Secretaria de Estado del Despacho de Hacienda.-- Seccion de Rentas. - Ramo de Negocios varios. 

  

Al Sr. Gobernador de la provincia de….. 

  

La rebelion pasada ha agotado los recursos presentes i comprometido en parte las rentas futuras del Tesoro público. U. sabe que si, aun en épocas ordinarias, no es de las mas prósperas la situacion del Tesoro, mucho ménos debe serlo en circunstancias estraordinarias con el gran recargo de gastos militares que los acontecimientos políticos exijen. 

  

Como uno de los medios que pueden adoptarse para salvar la dificultad de esta situacion, es reducir los gastos cuanto se pueda i procurar la mas exacta recaudacion de las rentas nacionales, el Ciudadano Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo, me ordena hacer a U. de la manera mas eficaz las siguientes recomendaciones: 

  

1.ª Que ponga U. el mayor cuidado en ahorrar todos aquellos gastos que el servicio público no exija de una manera imperiosa. 

  

  

2.ª Que ya personalmente, ya por medio de sus ajentes, vijile de la manera mas activa en impedir el contrabando de las sales i de las aduanas, i atienda a que las Oficinas de espendio de papel sellado estén constantemente provistas del que se necesite para el consumo. 

  

3. ª Que se cobren con actividad i enerjía todas las deudas a la hacienda pública, sin consideraciones de ninguna clase. A este efecto, U se servirá mandar formar i remitir a la Secretaría de mi cargo un cuadro que esprese los nombres de los deudores, la cantidad de la deuda el orijen de que esta proceda, las fechas en que se cumplen los plazos, la naturaleza de las seguridades otorgadas,i el estado en que se encuentran los cobros. I sobre este último particular dará U. a mi Despacho informes mensuales detallados a cerca de las providencias que U. dicte para efectuar el cobro, i de su resultado. 

  

Este cuadro comprenderá todas las deudas de años atrasados, tanto de los ramos de rentas descentralizadas, como de los que conservan el carácter de nacionales, i no se comprenderá en él a los deudores a la renta de aduanas de plazo no cumplido. Puede U. hacer formar tantos cuadros, cuantos son los ramos de rentas, si así lo considerare U. mas espedito. 

  

4.ª Al tiempo de liquidar i reconocer los créditos causados contra el Tesoro por suministros hechos durante la rebelion, U. cuidará de reunir cuantos informes sea posible obtener, a fin de que no llegue el caso de reconocer, por falta de datos exactos, a favor de los acreedores, un valor mayor del que en realidad suministraron. Se ha dicho jeneralmente que en la liquidacion de gastos semejantes durante la guerra de la independencia, i aun en la de los que causó la revolucion de 1840, se reconocieron cantidades mayores de las en realidad suministradas para compensar la pérdida de los acreedores en el menor valor real de los vales comparado con el de los suministros: i aun cuando en esta Secretaria no hai constancia oficial de estos hechos se ha creido que siempre es conveniente hacer a U. esta indicacion para su conocimiento. 

  

5.ª Una contabilidad al corriente i arreglada, es la precaucion mas a propósito para prevenir los fraudes, ya sea en el cobro, ya en la inver-sion de las rentas nacionales. Procure U. con teson i constancia que se lleve arregladamente la de las oficinas de hacienda de la provincia de su mando, haciendo frecuentes visitas en dichas oficinas. Trabaje U. porque a toda prisa se repare el atraso que en este ramo han podido causar los pasados trastornos. 

  

La época presente es de prueba para el patriotismo, laboriosidad e intelijencia de U. i de los empleados de hacienda que están bajo su inspeccion; i el Ciudadano Vicepresidente espera que U. no cesará de esforzarse en corresponder a la confianza con que le ha honrado el Poder Ejecutivo. 

  

El secretario interino. – Rafael de Pórras