200Corte ConstitucionalCorte Constitucional20030044897CC-SENTENCIAC396c202209/11/2022CC-SENTENCIA_C_396_c_2022_09/11/2022300449242022CORTE REITERA INCONSTITUCIONALIDAD DE LA NORMA QUE ESTABLECÍA LA SUSPENSIÓN DEL VENCIMIENTO DE LAS LICENCIAS DE CONDUCCIÓN HASTA POR DOS AÑOS. LOS EFECTOS DE ESA DECISIÓN SE EXTENDIERON HASTA EL 20 DE JUNIO DE 2023 PARA IMPEDIR UN COLAPSO EN EL SISTEMA DE RENOVACIÓN DE LICENCIAS DE CONDUCCIÓN

CORTE REITERA INCONSTITUCIONALIDAD DE LA NORMA QUE ESTABLECÍA LA SUSPENSIÓN DEL VENCIMIENTO DE LAS LICENCIAS DE CONDUCCIÓN HASTA POR DOS AÑOS. LOS EFECTOS DE ESA DECISIÓN SE EXTENDIERON HASTA EL 20 DE JUNIO DE 2023 PARA IMPEDIR UN COLAPSO EN EL SISTEMA DE RENOVACIÓN DE LICENCIAS DE CONDUCCIÓN

CONSTITUCIONALIDAD09/11/2022Alejandro Linares CantilloLey 2161 de 2021 (art. 11)D-14676Identificadores20030292725true1432103original30252000Identificadores

Fecha Providencia

09/11/2022

Fecha de notificación

09/11/2022

Magistrado ponente:  Alejandro Linares Cantillo

Norma demandada:  Ley 2161 de 2021 (art. 11)


1. Norma objeto de control constitucional

LEY 2161 DE 2021

(noviembre 26)

por la cual se establecen medidas para promover la adquisición, renovación y no evasión del seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT), se modifica la ley 769 de 2002 y se dictan otras disposiciones.

EL CONGRESO DE COLOMBIA

DECRETA:

[…]

ARTÍCULO 11. Suspensión del vencimiento de las Licencias de Conducción. Suspéndase por el termino de hasta dos (2) años contados a partir de 31 diciembre de 2021, el vencimiento de las licencias de conducción a que se refiere el artículo 22 de la Ley 769 de 2002 modificado por el artículo 197 del Decreto Ley 019 de 2012, que venzan entre el 1 y el 31 de enero de 2022.

Las autoridades de control en vía deberán aplicar lo dispuesto en el presente artículo sin exigir a los conductores la modificación de la especie venal de la licencia de conducción.

2. Decisión


Único. - ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-261 de 2022, mediante la cual esta corporación decidió “Declarar INEXEQUIBLE el artículo 11 de la Ley 2161 de 2021, «por la cual se establecen medidas para promover la adquisición, renovación y no evasión del seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT), se modifica la Ley 769 de 2002 y se dictan otras disposiciones»”.


Afectaciones realizadas: [Mostrar]


3. Síntesis de los fundamentos


Correspondió a la Corte estudiar una demanda contra el artículo 11 de la Ley 2161 de 2021 “Por la cual se establecen medidas para promover la adquisición, renovación y no evasión del seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT), se modifica la Ley 769 de 2002 y se dictan otras disposiciones”, por una potencial vulneración de los artículos 157 y 160 de la Constitución Política –principios de consecutividad e identidad flexible-.

La Sala Plena dando aplicación a la línea jurisprudencial reiterada en materia de cosa juzgada, observó que (i) el artículo demandado en esta oportunidad ya fue analizado por la Corte en la sentencia C-261 de 2022, en la que se declaró su INEXEQUIBILIDAD por violación de los principios de consecutividad e identidad flexible, y (ii) dichos principios obedecen al mismo cargo objeto de la presente demanda, y no se formularon reproches de constitucionalidad por vicios sustanciales. Por lo cual, manifestó que no cabe duda de que operó en este caso el fenómeno de la cosa juzgada constitucional absoluta (CP art. 243). Indicó que, si bien los efectos de la anterior declaración de inexequibilidad quedaron diferidos a una legislatura completa, señaló que con dicha decisión se agotó toda posibilidad de debate sobre la constitucionalidad de dicha norma. En consecuencia, la Sala Plena decidió estarse a lo resuelto en la sentencia C-261 de 2022.