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Ministerio del Deporte

ÍNDICE [Mostrar]

RESOLUCIÓN 608 DE 2021

(abril 29)

Por la cual se ordena la apertura del proceso de Concurso de Méritos No. CMA-11-2021

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Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


  

EL SECRETARIO GENERAL DEL MINISTERIO DEL DEPORTE  

  

En uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas en Ley 1967 de 2019 en concordancia con el literal f del articulo 61 y 65 de la Ley 489 de 1998, artículo 11 de la Ley 80 de 1993, Resolución No. 002013 del 30 de octubre de 2019 y 

  

C O N S I D E R A N D O: 

  

El Ministerio del Deporte, tiene como objetivo dentro del marco de sus competencias y de la ley, “Formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar la política pública, planes, programas y proyectos en materia el deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la actividad física, para promover el bienestar, la calidad de vida, así como contribuir a la salud pública, a la educación, a la cultura, a la cohesión social, a la conciencia nacional y a las relaciones internacionales, a través de la participación de los actores públicos y privados”. 

  

Dentro de las funciones de MINDEPORTE, se ha establecido en la Ley 1967 de 2019, “Fomentar la generación y creación de espacios que faciliten la actividad física, la recreación y el deporte”, “Planificar y programar la construcción de instalaciones deportivas con los equipamientos necesarios, procurando su óptima utilización y uso de los equipos y materiales destinados a la práctica del deporte y la recreación”, “Establecer criterios de cofinanciación frente a los planes y programas que respondan a las políticas públicas en materia de deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre, la educación física y la actividad física”, entre otras. 

  

Dentro de las responsabilidades que tiene MINDEPORTE, está la de velar por la adecuada inversión de sus recursos y propender por un adecuado seguimiento a la ejecución de contratos y convenios. Por tal razón es necesario adelantar un proceso de selección de contratistas que permita contar con la interventoría para la ejecución del proyecto presentado por el Municipio de Caramanta para la construcción de cancha en grama sintética para la práctica de fútbol en el Departamento de Antioquia correspondiente al Convenio Interadministrativo No 1225 de 2020. 

  

Dicho proyecto busca fortalecer la infraestructura Municipal y Departamental mediante la construcción de escenarios adecuados para la práctica de la actividad física, la recreación y el deporte, procurando que en lo posible sea una infraestructura que permita el desarrollo social integral y la igualdad de oportunidades, contando con escenarios deportivos como los equipamientos adecuados y se fomente su uso frecuente, convirtiéndolos en espacios privilegiados, no solamente para la práctica de actividades físicas y deportivas, sino también para la convivencia , la participación y la movilidad social. 

  

Por otra parte, y conforme quedó establecido en el artículo 12 de la Resolución No. 001458 del 11 de agosto de 2016, el MINISTERIO DEL DEPORTE asumió el trámite y los costos de otorgar la interventoría a las obras derivadas de la suscripción de los Convenios Interadministrativos antes referidos, con el fin de tener un mayor control sobre las labores de seguimiento e interventoría. 

  

Así las cosas, con el fin de satisfacer esta necesidad de seguimiento y control especializado en todas las actividades a cargo de los contratistas de obra para la ejecución de proyectos de inversión en infraestructura deportiva financiados con recursos de la Nación, es necesario adelantar un proceso de selección de contratistas en la modalidad de concurso de méritos abierto, que permita la ejecución de un contrato cuyo objeto será: “INTERVENTORÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, PRESUPUESTAL, AMBIENTAL Y JURÍDICA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE CANCHA EN GRAMA SINTÉTICA PARA LA PRÁCTICA DE FÚTBOL EN EL MUNICIPIO DE CARAMANTA EN EL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA., CORRESPONDIENTE AL CONVENIO INTERADMINISTRATIVO N°1225 DE 2020”. 

  

Que el presupuesto oficial establecido para el presente proceso corresponde a la suma de CIENTO VEINTINUEVE MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS PESOS ($129.533.800) M/CTE., incluido IVA y demás tributos, estampillas y contribuciones que le sean aplicables. 

  

Para la presente contratación se cuenta con el siguiente certificado de disponibilidad presupuestal: 

  

CDP 

FECHA 

VALOR 

RUBRO 

  

  

106621 

  

  

23-03-2021 

  

  

$129.533.800 

C-4302-1604-16-0-4302071-02 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS - SERVICIO DE APOYO FINANCIERO PARA EL FOMENTO DE LA INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA 

  

Que las necesidades a satisfacer se encuentran incluidas en el Plan Anual de Adquisiciones de la Entidad. 

  

El plazo de ejecución del contrato resultante, es de SEIS (6) MESES Y QUINCE (15) DÍAS CALENDARIO, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento, ejecución y suscripción del acta de inicio. 

  

Que el proyecto de pliego de condiciones fue publicado por la entidad a través de la plataforma SECOP II el día 15 de abril de 2021. 

  

Que durante la publicación del proyecto de pliego de condiciones se recibieron observaciones, las cuales fueron atendidas mediante documento publicado en Plataforma SECOP II el 28 de abril de 2021. 

  

Que el presente Proceso de Selección NO se limita a MIPYME. 

  

Que el presente proceso de selección, aplican los acuerdos comerciales: 

  

 

  

Que los documentos del presente proceso de selección se encuentran publicados en la plataforma SECOP II. 

  

Que las observaciones, comentarios o sugerencias que los interesados quieran hacer al presente proceso de selección las pueden hacer a traves de la plataforma del SECOP II. 

  

En consideración a lo expuesto anteriormente; 

  

RESUELVE: 


ARTÍCULOPRIMERO: Ordenar la apertura del proceso de selección de contratistas modalidad Concurso de Méritos Abierto No. CMA-11-2021, con el objeto: “INTERVENTORÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, PRESUPUESTAL, AMBIENTAL Y JURÍDICA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE CANCHA EN GRAMA SINTÉTICA PARA LA PRÁCTICA DE FÚTBOL EN EL MUNICIPIO DE CARAMANTA EN EL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA., CORRESPONDIENTE AL CONVENIO INTERADMINISTRATIVO N°1225 DE 2020”. 


ARTÍCULOSEGUNDO: El cronograma del presente proceso de contratación es el indicado en la plataforma del SECOP II. 

  

PARÁGRAFO: Cualquier modificación a los plazos señalados en este cronograma, podrá hacerse mediante adenda. 


ARTÍCULOTERCERO: Ordenar la publicación de este proceso a través de la plataforma del SECOP II de conformidad con lo dispuesto en el artículo 224 del Decreto Ley 0019 de 2012 y en el artículo 2.2.1.1.1.7.1, del Decreto 1082 de 2015. 


ARTÍCULOCUARTO: Convocar a las veedurías ciudadanas para realizar el control social a este proceso de conformidad con lo establecido en la Ley 850 de 2003, el artículo 66 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto 1082 de 2015. 


ARTÍCULO QUINTO: Enviar copia de la presente resolución al G.I.T de Contratación de la entidad, para lo de su cargo. 


ARTÍCULO SEXTO: Contra la presente resolución no procede recurso alguno. 


ARTÍCULO SÉPTIMO: La presente resolución rige a partir de la fecha de publicación. 

  

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE 

  

JAIMEARTURO GUERRA RODRÍGUEZ 

Secretario General