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DECRETO25041951195112 script var date = new Date(07/12/1951); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL AÑO LXXXVIII N. 27802 14 DE ENERO 1952 PAG. 1MINISTERIO DE EDUCACION NACIONALPor el cual se declara constituida oficialmente una Academia y se dictan otras disposiciones.Vigencia en EstudiofalsefalseEducación Nacionalfalse14/01/195207/12/195107/12/19512780211

DIARIO OFICIAL AÑO LXXXVIII N. 27802 14 DE ENERO 1952 PAG. 1

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 2504 DE 1951

(diciembre 07)

Por el cual se declara constituida oficialmente una Academia y se dictan otras disposiciones.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


EL DESIGNADO, ENCARGADO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, 

  

En uso de las facultades que le confiere el artículo 120 de la Constitución Nacional, 

  

DECRETA:  

  


ARTÍCULO ÚNICO. La organización, administración y manejo de las bibliotecas “Caro y Cuervo”, cuya creación por el Instituto del mismo nombre se autorizó por Decreto número 1776 de 28 de agosto del año en curso, estarán a cargo del Departamento de Biblioteca y Archivo Nacionales, Extensión Cultural y Bellas Artes del Ministerio de Educación Nacional.  

El Director de este Departamento y el del Instituto “Caro y Cuervo”, obrarán conjuntamente en todo lo relacionado con las labores de formación de las bibliotecas en referencia.  

  

Comuníquese y publíquese.  

Dado en Bogotá a 7 de diciembre de 1951.  

ROBERTO URDANETA ARBELAEZ  

El Ministro de Educación Nacional,  

RAFAEL AZULA BARRERA