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RESOLUCION1132019201901 script var date = new Date(31/01/2019); document.write(date.getDate()); script falsefalseDocumento EntidadMINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHOPor la cual se aprueba el Plan Anual de Adquisiciones del Ministerio de Justicia y del Derecho para la vigencia 2019falsefalseJusticia y del Derechofalsefalsefalse31/01/2019

Documento Entidad

ÍNDICE [Mostrar]

RESOLUCIÓN 113 DE 2019

(enero 31)

Por la cual se aprueba el Plan Anual de Adquisiciones del Ministerio de Justicia y del Derecho para la vigencia 2019

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Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


LA SECRETARIA GENERAL (E) DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO 

  

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 6 del Decreto 1427 de 2017, la Resolución 003 del 11 de agosto de 2011, modificada por la Resolución No, 0065 del 30 de enero de 2013, en concordancia con la Resolución No. 0042 del 14 de enero de 2019, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que el artículo 2.2,1.1.1 A 1. del Decreto 1082 de 2015, señala que, "las Entidades Estatales deben elaborar un Plan Anual de Adquisiciones, el cual debe contener la lista de bienes, obras y servicios que pretenden adquirir durante el año. En el Plan Anual de Adquisiciones, la Entidad Estatal debe señalar la necesidad y cuando conoce el bien, obra o servicio que satisface esa necesidad debe identificarlo utilizando el Clasificador de Bienes y Servicios, e indicar el valor estimado del contrato, el tipo de recursos con cargo a los cuales la Entidad Estatal pagará el bien, obra o servicio, la modalidad de selección del contratista, y la fecha aproximada en la cual la Entidad Estatal iniciará el Proceso de Contratación Colombia Compra Eficiente establecerá los lineamientos y el formato que debe ser utilizado para elaborar el Plan Anual de Adquisiciones. 

  

Que de conformidad con el "Procedimiento de elaboración, aprobación, modificación y seguimiento del plan de contratación" P-GC-01 Versión 02 del 24 de septiembre de 2015, una vez surtidas las sesiones de sustentación se consolidará el Plan Anual de Adquisiciones debe ser remitido para la aprobación del Secretario General del Ministerio de Justicia y del Derecho a fin de que se apruebe el mismo por medio de Acto Administrativo, el cual debe ser publicado en la página web de la entidad y en el SECOP, conforme a lo previsto en el artículo.2.1, 1.1.4.3 del mencionado Decreto 1082 de 2015. 

  

Que de acuerdo a lo señalado en el numeral 2 del literal b) del numeral 3.6.2 del Manual de contratación de Ministerio de Justicia y del Derecho, código M-GC-01 V4, corresponde al Comité de contratación, entre otras, la competencia para literal b, numeral 2 "Revisar,analizar y recomendar al ordenador del gasto, cuando éste lo solicite, la aprobación delPlan Anual de Adquisiciones correspondiente a cada vigencia' fiscal, así como sus modificaciones", 

  

Que por lo anterior, la Secretaría General convocó al Comité de Contratación, quien en sesión del 21 de enero de 2019, que se extendió a los días 22, 23, 24 Y 29 de enero de 2019, revisó y analizó el Plan de adquisiciones propuesto por cada una de las dependencias responsables y recomendó a la ordenadora del gasto la aprobación del Plan Anual de Adquisiciones para la vigencia fiscal 2019. 

  

Que en mérito de lo expuesto, 

  

RESUELVE: 


ARTÍCULO PRIMERO. Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones del Ministerio de Justicia y del Derecho, para la vigencia 2019. 


ARTÍCULO SEGUNDO. Publicar el Plan Anual de Adquisiciones, para la vigencia 2019, en la página web del Ministerio de Justicia y del Derecho y en la plataforma SECOP 11, conforme a lo previsto en el artículo.2.1.1.1.4.3 del Decreto 1082 de 2015 


ARTÍCULO TERCERO. La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición. 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 

Dada en Bogotá D.C, a los 31 ENERO DE 2019 

  

Martha Catalina Rodríguez Cervantes