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RESOLUCION7262018201803 script var date = new Date(01/03/2018); document.write(date.getDate()); script falsefalseDocumento de EntidadMINISTERIO DE TRABAJOPor la cual se modifica los articulo 1, 4 y 6 de la resolución 0161 del 27 de enero de 2004, acto administrativo mediante el cual se establece el procedimiento para la postulación y designación de los representantes de los trabajadores ante los consejos directivos de las cajas de compensación familiar.falsefalseTrabajofalsefalsefalse01/03/201801/03/2018

Documento de Entidad

ÍNDICE [Mostrar]

RESOLUCIÓN 726 DE 2018

(marzo 01)

Por la cual se modifica los articulo 1, 4 y 6 de la resolución 0161 del 27 de enero de 2004, acto administrativo mediante el cual se establece el procedimiento para la postulación y designación de los representantes de los trabajadores ante los consejos directivos de las cajas de compensación familiar.

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Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


LA MINISTRA DEL TRABAJO 

En uso de las facultades, en especial las conferidas por los artículos 52 de la ley 21 de 1982, 22 de la ley 789 de 2002 y 6 del decreto ley 4108 de 2011 y 

CONSIDERANDO 

Que las cajas de compensación familiar son corporaciones privadas sin ánimo de lucro cumplen funciones de seguridad social, atienden la prestación social denominada subsidio familiar y los servicios sociales conforme el régimen jurídico vigente, y fundamentan su operación en el principio de participación, por cuanto su dirección es colegiada por los empleadores y los trabajadores. 

Que la asamblea general de afiliados y el consejo directivo de las cajas de compensación familiar son los órganos colegiados de la corporación, con funciones reguladas en la Ley 21 de 1982, el Decreto 341 de 1988 y la Ley 789 de 2002. 

Que el consejo directivo es el órgano de administración encargado de adoptar la política administrativa y financiera de las cajas de compensación familiar, teniendo en cuenta el régimen orgánico del sistema de subsidio familiar y las directrices legales y reglamentarias. 

Que el artículo 52 de Ley 21 de 1982 dispone que los representantes de los trabajadores ante los consejos directivos de las cajas de compensación familiar serán escogidos por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, de las listas enviadas por los comités ejecutivos de las federaciones y confederaciones de trabajadores con personería jurídica; las cuales deberán integrarse con personas que estén vinculadas laboralmente a los empleadores afiliados a la respectiva caja. 

Que el artículo 22 de la Ley 789 de 2002 establece que los representantes de los trabajadores al consejo directivo de las cajas de compensación serán escogidos por el Ministerio de Trabajo. Los trabajadores sindicalizados de listas que presentan las centrales obreras con personería jurídica reconocida, los no sindicalizados de los listados enviados por las cajas de compensación familiar respectivas. 

Que la Resolución 161 de 2004 modificada por la Resolución 1661 del mismo año, expedidas por el Ministerio de la Protección Social, hoy Ministerio del Trabajo, en su artículo 1º prevé que la designación de representantes de los trabajadores ante los consejos directivos de las cajas de compensación familiar corresponde al Ministerio de la Protección Social, hoy Ministerio del Trabajo, la cual se realizará a través del Viceministro de Relaciones Laborales, de acuerdo con lo dispuesto por el numeral 3º de la Resolución 951 del 28 de abril de 2003. 

Que el Decreto 4108 de 2011 “por el cual se modifican los objetivos y la estructura del Ministerio del Trabajo”, en su artículo 6º contempla dentro de las funciones del despacho del ministro, adicionales a las señaladas en la Constitución Política y en el artículo 61 de la Ley 489 de 1998, entre otras, las de ejercer la representación legal, y cumplir las funciones que el Presidente de la República le delegue o la ley le confiera y vigilar el cumplimiento de las que por mandato legal se hayan otorgado a dependencias del ministerio, así como las que se hayan delegado en funcionarios del mismo. 

En mérito de lo expuesto, 

RESUELVE: 


Artículo 1. Modificar parcialmente el artículo 1º de ja Resolución 0161 del 27 de enero de 2004, modificada por la Resolución 1661 del mismo año, el cual quedará así: 

Artículo 1. Designación de la representación de trabajadores ante los Consejos Directivos de las Cajas de Compensación Familiar. 

Corresponde al Ministerio del Trabajo la designación de representantes de los trabajadores que actuarán ante los respectivos consejos directivos de las cajas de compensación familiar. Esta designación se hará a través del Ministro del Trabajo, de acuerdo con las disposiciones vigentes reglamentarias. 


Artículo 2. Modificar parcialmente el inciso segundo de los artículos 4º y 6º de la Resolución 0161 del 27 de enero de 2004, modificados por los artículos 2º y 4º de la Resolución 1661 del mismo año, el cual quedará así: 

“Dichas listas deberán ser remitidas al despacho del Ministro de Trabajo junto con los demás requisitos señalados en la presente resolución, hasta el 31 de marzo del año en que deba elegirse el nuevo consejo directivo en la respectiva caja, o en aquellas fechas de vencimiento de período conforme a lo previsto en los respectivos estatutos” 


Artículo 3. La presente resolución rige a partir de su publicación y modifica únicamente el artículo primero de la Resolución 0161 de 2004 modificada por la Resolución 01661 del mismo año. En todo lo demás se aplican las disposiciones vigentes contenidas en los citados actos administrativos. 

Publíquese y cúmplase. 

Dada en Bogotá, D. C., a 1º de marzo de 2018. 

Griselda Janeth Restrepo Gallego 

Ministra del Trabajo