Superintendencia de Notariado y Registro
CIRCULAR 1982
(abril 30)
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FECHA: 30 DE ABRIL DE 2019
DE: SUPERINTENDENCIA DELEGADA PARA EL NOTARIADO
PARA: NOTARIOS
ASUNTO: SISTEMA INTEGRADO DE SERVICIOS Y GESTIÓN - SISG - RECEPCIÓN Y CONTESTACIÓN DE REQUERIMIENTOS RELACIONADOS CON PQRS
Apreciados doctores,
De conformidad con el numeral 4° del artículo 26 del Decreto 2723 de 2014 dentro de las unciones a cargo de la Dirección de Vigilancia y Control Notarial, se encuentra la de "Atender peticiones, quejas y reclamos sobre los aspectos administrativos, financieros y jurídicos de las Notarías, se formulen ante la Superintendencia de Notariado y Registro, en coordinación con la Oficina de Atención al Ciudadano."
Con fundamento en lo anterior, y con el propósito de optimizar el proceso de atención de peticiones, quejas y reclamos a cargo de la Dirección de Vigilancia y Control Notarial, a partir del 6 de mayo de 2019 este trámite se centralizará a través del Sistema Integrado de Servicios y Gestión -SISG-.
En esa media, a partir de la fecha arriba indicada los notarios deberán dar respuesta a los requerimientos efectuados por la Delegada para el Notariado y la Dirección de Vigilancia y Control Notarial a través de la referida herramienta: SISG.
A continuación, se indican los desarrollos incluidos en dicha plataforma, y que deberán ser empleados para la recepción de los requerimientos efectuados por la Delegada para el Notariado y la Dirección de Vigilancia y Control Notarial con ocasión de las PQRS recibidas, así como para emitir la respectiva respuesta por parte del notario:
1. Recepción del requerimiento vía correo electrónico:
A través de los correos electrónicos designados por la Superintendencia de Notariado y Registro para cada uno de los Despachos Notariales a nivel nacional, se recibirán los requerimientos que realice la Dirección de Vigilancia y Control Notarial, que tengan origen en una PQRS.
Superintendente Delegada para el Notariado
GOETHNY FERNANDA GARCÍA FLÓREZ