DECRETO2192020202002 script var date = new Date(14/02/2020); document.write(date.getDate()); script falsefalseAÑO CLV NO. 51.228, Bogotá, D. C.,15 FEBRERO 2020 PAG 15MINISTERIO DE EDUCACION NACIONALpor el cual se establece la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar -Alimentos para Aprender-.falsefalseEducación NacionalfalsefalseDECRETO ORDINARIOfalse15/02/202014/02/202015/02/2020512281515

AÑO CLV NO. 51.228, Bogotá, D. C.,15 FEBRERO 2020 PAG 15

DECRETO 219 DE 2020

(febrero 14)

por el cual se establece la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar -Alimentos para Aprender-.

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Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que el artículo 189 de la Ley 1955 de 2019 en la cual se expidió el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”, crea la Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar, con autonomía administrativa, personería jurídica y patrimonio independiente, adscrita al Ministerio de Educación Nacional; 

  

Que el Gobierno nacional definió la estructura y desarrollo las funciones de la Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar - Alimentos para Aprender; 

  

Que se requiere adoptar la planta de personal para la puesta en funcionamiento de la Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar -Alimentos para Aprender, para lo cual el Ministerio de Educación Nacional presentó el estudio técnico al Departamento Administrativo de la Función Pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 019 de 2012 y los artículos 2.2.12.1 a 2.2.12.3 del Decreto número 1083 de 2015, el cual obtuvo concepto técnico favorable de ese Departamento Administrativo; 

  

Que la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó la viabilidad presupuestal para establecer la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar - Alimentos para Aprender; 

  

Que en mérito de lo expuesto, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1°. Creación de empleos. Crear en la planta de Personal de la Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar -Alimentos para Aprender-, los siguientes empleos: 

  

DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL DE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL 

No. de cargos 

Denominación 

Código 

Grado 

Uno (1) 

Director General de Unidad Administrativa Especial 

0015 

24 

Uno (1) 

Asesor 

1020 

18 

Cuatro (4) 

Asesor 

1020 

16 

Dos (2) 

Secretario Ejecutivo 

4210 

23 

  

PLANTA GLOBAL  

No. de cargos 

Denominación 

Código 

Grado 

Uno (1) 

Subdirector General 

0040 

21 

Cuatro (4) 

Subdirector Técnico 

0150 

19 

Siete (7) 

Profesional Especializado 

2028 

23 

Nueve (9) 

Profesional Especializado 

2028 

21 

Dos (2) 

Profesional Especializado 

2028 

19 

Quince (15) 

Profesional Universitario 

2044 

11 

Siete (7) 

Profesional Universitario 

2044 

09 

Siete (7) 

Secretario Ejecutivo 

4210 

21 


Artículo 2°.Provisión de empleos. La provisión de los empleos creados mediante el presente decreto se efectuará conforme a las disposiciones previstas en la Ley 909 de 2004 y el Decreto número 1083 de 2015 y las demás normas que la reglamenten, adicionen, modifiquen o sustituyan. 


Artículo 3°.Distribución de los empleos. El Director General distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el presente decreto mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura interna, las necesidades del servicio, los planes y los programas trazados por la entidad. 


Artículo 4°.Disponibilidad presupuestal. El certificado de disponibilidad presupuestal para proveer los cargos de Director General y Subdirector General de la Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar -Alimentos para Aprender- será expedido por la Secretaria General del Ministerio de Educación Nacional. 


Artículo 5°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su publicación y surte efectos fiscales a partir de la publicación. 

  

Publíquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá, D. C., a 14 de febrero de 2020. 

  

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ  

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA.  

  

La Ministra de Educación Nacional,