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RESOLUCION1622017201701 script var date = new Date(30/01/2017); document.write(date.getDate()); script falsefalseFuente: Archivo interno entidad emisoraMINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONESPor la cual se deroga la Resolución No3422 el 26 de noviembre de 2014 y se dictan otras disposicionesVigentefalsefalseTecnologías de la Información y de las Comunicacionesfalsefalsefalse

Fuente: Archivo interno entidad emisora

ÍNDICE [Mostrar]

RESOLUCIÓN 162 DE 2017

(enero 30)

Por la cual se deroga la Resolución No3422 el 26 de noviembre de 2014 y se dictan otras disposiciones

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


En ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por la Ley1341 de 2009 y el Decreto 2618 de 2012, y 

CONSIDERANDO: 

Que a través de la Circular Externa No 03 del 20 de junio de 2014 la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado solicitó a las entidades públicas del orden nacional, formular sus políticas de prevención de daño antijurídico siguiendo la metodología y formatos previstos en el “Manual para la elaboración de políticas de prevención del daño antijurídico”, publicado por la misma Agencia, 

Que mediante la Circular Externa No 11 del 19 de diciembre de 2014 la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado fijó el protocolo de pautas mínimas para la gestión de la defensa jurídica dentro de la cual estableció las funciones del Comité de Conciliación respecto de la implementación de la política del daño antijurídico. 

Que por Resolución No 3422 del 26 de noviembre de 2014 este Ministerio adoptó el Manual de Implementación de políticas de prevención del daño antijurídico del Ministerio y el Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. 

Que en virtud de la Circular Externa No 6 del 6 de julio de 2016 la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado dio alcance a la Circular No 3 de 2014, fijando para los Ministros, Directores de Departamento Administrativo, Superintendentes, Directores, Gerentes y Jefes de Oficina Jurídica, grupos encargados de la defensa jurídica del Estado, Secretarios Técnicos de Comité de Conciliación y apoderados de las entidades públicas del orden nacional, nuevos lineamientos para el seguimiento a la formulación e implementación de las políticas de prevención del daño antijurídico de acuerdo a su. metodología. 

Que en observancia a la Circular Externa No 6 de 2016, el Comité de Conciliación y Defensa Jurídica del Ministerio / Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en sesión No 170 del 10 de noviembre de 2016, aprobó el procedimiento de formulación de la política de daño antijurídico del Ministerio / Fondo de Tecnologías de la Información y las Telecomunicaciones, en cumplimiento y sujeción a las Circulares No 3 y 11 de 2014 y 6 de 2016 expedidas por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, con el objeto de incentivar una cultura prevención del daño antijurídico frente a la gestión administrativa, y con ello disminuir o mitigar el riesgo de condenas judiciales contra el Ministerio / Fondo de TIC. 

Que con ocasión de los nuevos lineamientos para el seguimiento a la formulación e implementación de las políticas de prevención del daño antijurídico establecidos por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, se hace necesario derogar la Resolución No 3422 del 26 de noviembre de 2014 para en su lugar adoptar e implementar la metodología señalada por dicha Agencia. 

En mérito de lo expuesto, 

RESUELVE: 


ARTÍCULO 1. Créese el procedimiento de formulación, implementación y seguimiento de la política de prevención del daño antijurídico, en el Modelo Integrado de Gestión del Ministerio / Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, para que sirva de guía, consulta, seguimiento y control por parte de los funcionarios, colaboradores y de las dependencias y áreas responsables de su cumplimiento. 


ARTÍCULO 2. El Comité de Conciliación y Defensa Jurídica deberá verificar cada año, con base en el informe que para el efecto le presente el Secretario del Comité, el cumplimiento de la formulación, implementación y seguimiento de la política de prevención del daño antijurídico, de conformidad con los lineamientos establecidos en las circulares externas emitidas por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica de Estado. 

PARÁGRAFO. Las áreas misionales y de apoyo del Ministerio / Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones deberán participar en la documentación y ejecución de los planes de acción asociados a la prevención de la política del daño antijurídico. 


ARTÍCULO 3. La presente Resolución deberá ser publicada en la página web del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para conocimiento público. 


ARTÍCULO 4. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución No 3422 del 26 de noviembre de 2014. 

Dada en Bogotá D.C., a los 30 ENE 2017 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 

DAVID LUNA SÁNCHEZ 

El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.