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RESOLUCION18442004200410 script var date = new Date(12/10/2004); document.write(date.getDate()); script falsefalseINSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR – ICBFInstituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBFPor la cual se aprueban los Lineamientos Técnico Administrativos y Estándares de Estructura de los Servicios de Bienestar en ProtecciónfalsefalseInclusión Social y Reconciliacióntruefalsefalse12/10/2004

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR – ICBF

ÍNDICE [Mostrar]

RESOLUCIÓN 1844 DE 2004

(octubre 12)

Por la cual se aprueban los Lineamientos Técnico Administrativos y Estándares de Estructura de los Servicios de Bienestar en Protección

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Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


  

EL SECRETARIO GENERAL, ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DE DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR 

  

En uso de sus facultades legales y estatutarias 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 del Decreto 2388 de 1979 reglamentario de la Ley 7 de 1979, las actividades que realicen las entidades del Sistema Nacional de Bienestar Familiar con el fin de prestar el Servicio Público de Bienestar Familiar, deberán cumplirse con estricta sujeción a las normas del servicio y a los reglamentos dictados por el ICBF. 

  

Que de acuerdo con lo establecido en los artículos 73, 79, 82, 85, 122 y 204 del Decreto 2737 de 1989 Código del Menor, corresponde al ICBF establecer las condiciones técnicas de la organización y puesta en marcha de los diferentes servicios de protección y reeducación, para el cumplimiento de las medidas determinadas por las autoridades competentes a niños, niñas y adolescentes en situación de abandono, peligro, riesgo y conflicto con la ley y demás situaciones de vulneración de sus derechos. 

  

Que de acuerdo con el Decreto 3264 del 30 de diciembre del 2002 mediante el cual se establece la estructura del nivel central del ICBF y se determinan las funciones de sus dependencias, son funciones de la Dirección Técnica entre otras: 1) Proponer a la Dirección General el desarrollo de programas y servicios que den respuesta a las necesidades y problemáticas de la niñez y la familia colombiana; y 2) Orientar la formulación de lineamientos y estándares para los servicios de atención a la niñez y la familia. 

  

Que de acuerdo con el Decreto 3264 del 30 de diciembre del 2002 mediante el cual se establece la estructura del nivel central del ICBF y se determinan las funciones de sus dependencias, }}{}{la Subdirección de Lineamientos y Estándares es la dependencia encargada de coordinar el diseño de estándares y lineamientos que sean necesarios para la prestación del Servicio Público de Bienestar Familia. 

  

Que los Lineamientos Técnico Administrativos y Estándares de estructura de los Servicios de Bienestar en Protección contribuyen a mejorar la gestión institucional en las diferentes dependencias en el Instituto, por cuanto contienen el marco conceptual, normativo y metodológico para la organización, puesta en marcha, contratación y seguimiento de las diferentes modalidades de atención a la niñez y la familia en situación de vulnerabilidad social y de vulneración de sus derechos. 

  

Que los Lineamientos Técnico Administrativos y Estándares de los Servicios de Bienestar en Protección fueron revisados y avalados por las regionales ICBF y por representantes de los nodos de las Redes de Instituciones de Protección y Reeducación a nivel nacional, así como por la Dirección Técnica. 

  

Que de acuerdo con la Resolución 2623 del 19 de diciembre de 2003 expedida por la Dirección General del ICBF, se hace necesario reglamentar la elaboración, revisión y aprobación de los manuales, lineamientos, procesos, procedimientos, formatos e instructivos en el Instituto. 

  

Que en mérito de lo anterior, 

  

RESUELVE:  

  


ARTÍCULO 1o. Aprobar, mediante la presente resolución, los Lineamientos Técnico Administrativos y Estándares de Estructura de los Servicios de Bienestar en Protección. 

  


ARTÍCULO 2o. Los Lineamientos y Estándares aprobados por la presente resolución, son de obligatorio cumplimiento por las áreas, Servidores Públicos y Entidades que prestan los servicios de Bienestar en Protección y Reeducación y hacen parte del presente acto administrativo. 

  

PARÁGRAFO: Los Directores, Jefes de Oficina y Coordinadores de Grupo serán responsables de la aplicación de los Lineamientos y Estándares aquí aprobados; la Oficina Jurídica, Dirección Técnica y Dirección de Evaluación verificarán el cumplimiento de esta responsabilidad. 

  


ARTÍCULO 3o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. 

  

  

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE 

Dada en Bogotá, D. C. a los 12. OCT. 2004. 

  

GERARDO BURGOS BERNAL 

Secretario General 

Encargado de las Funciones de Director General