INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR
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RESOLUCIÓN 176 DE 1997
(enero 29)
Por la cual se crea el Equipo de Eficiencia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
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LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE
BIENESTAR FAMILIAR.
En uso de sus facultades legales y estatutarias y,
CONSIDERANDO
Que el Gobierno Colombiano suscribió un Convenio de Cooperación Técnica con el Gobierno de la Gran Bretaña, con el objeto de adoptar metodologías y técnicas que logren la eficiencia y la eficacia en la gestión de las Entidades Estatales.
Que para el efecto se creó la Unidad de Eficiencia de la Presidencia de la República, de carácter asesor a nivel nacional, que depende de la Consejería para la Función Pública.
Que se hace necesario conformar el Equipo de Eficiencia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, de acuerdo con las directrices de la Unidad de Eficiencia de la Presidencia de la Republica, con el fin de mejorar los procesos institucionales.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Crear el Equipo de Eficiencia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, el cual tendrá la asesoría permanente de la Unidad de Eficiencia de la Presidencia de la Republica.
ARTÍCULO 2o. El Equipo de Eficiencia rendirá informes y resultados sobre su gestión a la Dirección General.
ARTÍCULO 3o. El objetivo del Equipo será el de estudiar, revisar, recomendar y proponer mediante la realización de escrutinios, planes de acción que permitan mejorar los procesos inherentes a la gestión del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar con el fin de hacerlos más eficientes.
ARTÍCULO 4o. El Equipo tendrá las siguientes funciones:
- Estudiar y revisar la información sobre la situación interna del proceso seleccionado objeto de cada escrutinio.
- Elaborar el reporte del escrutinio.
- Formular las recomendaciones respectivas
- Proponer el Plan de Acción a seguir para mejorar el proceso seleccionado en cada escrutinio.
- Hacer seguimiento y monitoreo a las acciones propuestas en el Plan de Acción y adoptadas por la Dirección General.
ARTÍCULO 5o. El Equipo de Eficiencia estará integrado por funcionarios designados por la Dirección General así;
Un Coordinador: Quien actuará como enlace entre la Dirección General y la Unidad de Eficiencia de la Presidencia de la Republica.
Un Director: Quien será el responsable directo de cada escrutinio y de la elaboración del plan de acción respectivo.
Dos (2) miembros permanentes
Miembros transitorios en la cantidad que se requiera según el tema del escrutinio.
Los miembros permanentes y transitorios también serán responsables de la elaboración y adecuada presentación de los resultados de cada escrutinio y del Plan de Acción.
Dada en Santafé de Bogotá D. C., a los 29 ENE. 1997
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
ADELINA COVO DE GUERRERO
Directora General