Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF
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RESOLUCIÓN 2890 DE 1995
(diciembre 29)
Por la cual se crea el Comité de Capacitación para funcionarios del ICBF
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LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR
en uso de sus facultades legales y estatuarias especialmente de las conferidas por el artículo 39 del Acuerdo 031 de 1992, aprobado por Decreto 082 de 1993
CONSIDERANDO
Que es necesario crear el Comité de Capacitación que determine a nivel institucional políticas y programas de Capacitación de acuerdo con la necesidad real del recurso humano y la misión del ICBF
Que el ICBF dentro de sus programas de capacitación y desarrollo del recurso humano ha celebrado un convenio con el ICETEX, cuyo objeto es, constituir un fondo de Crédito Educativo denominado “FONDO EDUCATIVO ICBF-CARLOS LLERAS RESTREPO-ICETEX”, el cual estará destinado a financiar la capacitación necesaria para el ejercicio de su labor, en la modalidad de educación formal y no formal, en los niveles de pregrado, postgrado, cursos, pasantías, congresos, etc., en el país y en el exterior; lo cual hace necesario establecer la participación de funcionarios del ICBF que integraran la Junta Administradora de este Fondo.
Que se requiere estudiar las solicitudes de capacitación presentadas por los funcionarios para el pago de sus matrículas en Educación formal y no formal para ser presentados posteriormente ante la Junta Administradora del “FONDO EDUCATIVO ICBF-CARLOS LLERAS RESTREPO-ICETEX” para el análisis pertinente y respectiva aprobación.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Crear el Comité de Capacitación para funcionarios del ICBF, integrado de la siguiente manera:
EI Secretario General, quién lo presidirá.
El Subdirector Administrativo
El Subdirector Asistencia Técnica a la Atención Integral de la Familia
El Jefe de la División de Recursos Humanos, quien actuará como Secretario Técnico del Comité
ARTÍCULO 2o. De los integrantes del Comité de Capacitación actuarán como delegados del ICBF ante la Junta Administradora del “FONDO EDUCATIVO ICBF-. CARLOS LLERAS RESTREPO-ICETEX”, el Subdirector Administrativo o su delegado y el Jefe de la División de Recursos Humanos.
ARTÍCULO 3. Son funciones del Comité de Capacitación de funcionarios del ICBF:
1. Analizar y aprobar políticas y programas de Capacitación para los funcionarios del ICBF.
2. Analizar las necesidades de Capacitación planteadas por todas las áreas del ICBF a fin de establecer el diseño y elaboración del Plan de Capacitación Institucional en cada año respectivamente.
3. Fijar parámetros de solicitudes individuales que ameritan ser presentadas ante la Junta Administradora del “FONDO EDUCATIVO ICBF-CARLOS LLERAS RESTREPO-ICETEX” para su respectiva aprobación e igualmente analizar y estudiar las solicitudes individuales que no ameriten ser presentadas ante la mencionada Junta y puedan ser aprobadas directamente por el Comité de Capacitación.
4. Para efectos de presentación de solicitudes individuales ante la Junta Administradora del Fondo, el análisis de las mismas debe efectuarse de acuerdo a los parámetros establecidos en el reglamento operativo del Fondo.
ARTÍCULO 4o. El Secretario General, Subdirectores y Jefes de Oficina están facultados para autorizar cursos individuales que se requieran para el desarrollo de su área, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal asignada por el Comité de Capacitación.
PARÁGRAFO: Una vez aprobados los cursos del presente artículo, los trámites de inscripción se harán ante la Subdirección Administrativa.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C. a los 11 AGO. 1995
MARÍA CRISTINA OCAMPO DE HERRAN
Directora General
FERNANDO ALVAREZ MORALES
Secretario General