DIARIO OFICIAL. AÑO CLIII. No. 50.433. 30 NOVIEMBRE. 2017. PAG. 7
DECRETO 1996 DE 2017
(noviembre 30)
Por el cual se modifica el Decreto 1808 de 2017.
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el artículo 189 numeral 16 de la Constitución Política en concordancia con en el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 1808 de 2017, se modificó la estructura de La Previsora S.A. Compañía de Seguros.
Que la facultad para conformar las dependencias, debe ser genérica, toda vez que La Previsora S.A. Compañía de Seguros es una sociedad de economía mixta con régimen de empresa industrial y comercial de Estado que compite con el sector privado y que requiere flexibilización para desarrollar su objeto social y comercializar sus productos.
Que en consecuencia, se hace necesario modificar el artículo 13 del Decreto 1808 de 2017.
DECRETA:
Artículo 1°. Modificar el artículo 13 del Decreto 1808 del 7 de noviembre de 2017, el cual quedará así:
“Artículo 13. Dependencias, agencias y sucursales. El Presidente, para el desarrollo del objeto social de la compañía, podrá crear las dependencias, agencias y sucursales que considere necesarias, previa autorización de la Junta Directiva”.
Afecta la vigencia de: [Mostrar]
Artículo 2°. Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente al Decreto 1808 de 2017.
Publíquese, y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 30 de noviembre de 2017.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Mauricio Cárdenas Santamaría
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Liliana Caballero Durán