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DIRECTIVA PRESIDENCIAL12017201706 script var date = new Date(30/06/2017); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CLIII. N. 50280. 30, JUNIO, 2017. PAG. 22.VigentefalseVisita del PapafalsefalseHecho historicofalsefalse30/06/201730/06/201730/06/2017502802222

DIARIO OFICIAL. AÑO CLIII. N. 50280. 30, JUNIO, 2017. PAG. 22.

ÍNDICE [Mostrar]

DIRECTIVA PRESIDENCIAL 1 DE 2017

(junio  script var date = new Date(30/06/2017); document.write(date.getDate()); script )

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


PARA:  

MINISTROS 

DIRECTORES DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS 

ENTIDADES DESCENTRALIZADAS DEL ORDEN NACIONAL 

GOBERNADORES 

ALCALDES 

DE:  

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA  

ASUNTO:  

VISITA DEL PAPA FRANCISCO A COLOMBIA 

FECHA:  

30 DE JUNIO DE 2017 

  

Atendiendo a la visita que realizará el Papa Francisco a Colombia, como soberano del Estado de la ciudad del Vaticano y Sumo Pontífice del 6 al 10 de septiembre de 2017, hecho histórico para el país que requiere del esfuerzo articulado de todas las instituciones del Estado, por la presente me permito solicitar su concurso para que acorde con sus funciones y competencias, le brinden al señor Vicepresidente de la República, en virtud del principio de coordinación, toda la colaboración que él estime necesaria para la realización de las diferentes actividades y acciones que se requieran para la llegada y estadía del Sumo Pontífice a Colombia. 

  

Así mismo, en el marco de sus competencias legales, es necesario que los alcaldes y gobernadores acompañen en lo que resulte pertinente las actividades y acciones que se requieran adelantar en el nivel territorial, acorde con las directrices y bajo la coordinación del señor Vicepresidente de la República. 

  

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN