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LEY0411876187606 script var date = new Date(01/06/1876); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. Año XII No. 3.759, 7, Junio, 1876. PAG. 01. aprobatoria de un convenio Vigencia en EstudiofalsefalsefalsefalseLEY APROBATORIA DE TRATADOfalse01/06/187601/06/187607/06/1876375911

DIARIO OFICIAL. Año XII No. 3.759, 7, Junio, 1876. PAG. 01.

ÍNDICE [Mostrar]

LEY 041 DE 1876

(junio 01)

aprobatoria de un convenio

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: LEY APROBATORIA DE TRATADO

El Congreso de los Estados Unidos de Colombia 

DECRETA: 


Artículo 1.° Apruébase el convenio celebrado el 28 de abril último, entre en Poder Ejecutivo i los señores Koppel Scharader, como apoderados de las Compañías “Unida” i “Alemana,” sobre reconocimiento de la suma de cien mil pesos que debe pagarse a dichas Compañías, como valor de las reclamaciones que han hecho por uso i daños de los vapores Victor, Vengoechea, Tequendama, Isabel i Murillo, ocupados por el Gobierno del Estado soberano de Bolívar en los meses de julio a octubre del año próximo pasado. 


Artículo 2.° Este convenio no establecerá precedente o regla para los casos semejantes que en lo futuro puedan ocurrir. 

  

Dada en Bogotá, a veintinueve de mayo de mil ochocientos setenta i seis. 

El Presidente del Senado de Plenipotenciarios, 

ELISEO PAYAN 

El Presidente de la Cámara de Representantes, 

ANÍBAL GALINDO 

El Secretario del Senado de Plenipotenciarios, 

J. M. Quijano Otero. 

El Secretario de la Cámara de Representantes, 

Adolfo Cuellar. 

  

Bogotá, 1.° de junio de 1876. 

Publíquese i ejecútese. 

El Presidente de la Unión, 

(L. S.) AQUILEO PARRA. 

El Secretario de Hacienda i Fomento, 

CÁRLOS NICOLAS RODRÍGUEZ.