DIRECTIVA PRESIDENCIAL41997199704 script var date = new Date(01/04/1997); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL número fecha: 01/04/1997falsefalsefalsefalsefalse01/04/199701/04/1997

DIARIO OFICIAL número fecha: 01/04/1997

DIRECTIVA PRESIDENCIAL 4 DE 1997

(abril  script var date = new Date(01/04/1997); document.write(date.getDate()); script )

[Mostrar]

PARA: MINISTROS DEL DESPACHO 

  

DE: PRESIDENTE DE LA REPUBLICA 

  

ASUNTO: PRESENTACION PROYECTOS DE LEY. 

  

FECHA: 1 ABRIL 1997 

De conformidad con el artículo 200 de la Constitución Política, le corresponde al Gobierno, en relación con el Congreso, concurrir a la formación de las Leyes, presentando proyectos por intermedio de los ministros. 

  

Los ministros, son voceros del Gobierno, al presentar a las Cámaras proyectos de ley. 

  

Por las razones expuestas, los Ministros del Despacho deberán observar lo señalado en la presente Directiva, previo a la radicación de todo proyecto de ley: 

  

  1. Someter a consideración de los respectivos ministros, los proyectos que modifiquen, adicionen o regulen temas adscritos a otra Cartera Ministerial.
  2. Remitir a la Secretaría Jurídica de la Presidencia, copia del proyecto de ley, con el aval de los ministros correspondientes.
  3. Obtener concepto previo del Ministerio de Hacienda, cuando los proyectos involucren gasto.

  

Cordialmente,