DIARIO OFICIAL número fecha: 09/09/1996
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DIRECTIVA PRESIDENCIAL 10 DE 1996
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PARA: MINISTROS DEL DESPACHO, DIRECTORES DE DEPARTAMENTO, DIRECTORES DE ENTIDADES DESCENTRALIZADAS DEL ORDEN NACIONAL, CONSEJEROS, SECRETARIOS, VICEMINISTROS Y SUBDIRECTORES, JEFES DE OFICINAS DE COMUNICACIONES, SERVIDORES PUBLICOS.
DE: PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
ASUNTO: INFORMACION SOBRE TEMAS RELACIONADOS CON EL ORDEN PUBLICO Y FUERZA PUBLICA
FECHA: 9 DE SEPTIEMBRE DE 1996
Como quiera que Constitucionalmente el manejo del orden público y la direcció de la Fuerza Pública corresponde de manera exclusiva al Presidente de la República, está prohibido a todos los funcionarios públicos vinculados en planta o mediante contratación de servicios, con excepción de los Ministros del Interior y de Defensa Nacional, tratar los temas relacionados con estas materias, so pena de incurrir en mala conducta por desacato a esta orden superior.
Por lo expuesto, solamente los Ministros del Interior y de Defensa Nacional o quienes ellos designen, está autorizados para tratar en cualquier escenario las materias relacionadas con el orden público y la Fuerza Pública.
Atentamente,