DIARIO OFICIAL. AÑO CLI. N. 49533. 04, JUNIO, 2015. PG. 16.
DECRETO 1214 DE 2015
(junio 04)
por el cual se declara la cesación de funciones de un Cónsul Honorario y se suprime un Consulado Honorario.
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 17 de 1971 y el Decreto número 952 de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto número 123 del 20 de enero del 1974, se creó el Consulado Honorario de Colombia en Asunción, Paraguay, y se designó al señor Miguel Carrizosa Alfaro, como Cónsul Honorario de Colombia en esa ciudad;
Que mediante Memorando número EPY-ASC-número 226 del 3 de noviembre del 2014, el Embajador de Colombia en Paraguay, informó que el señor Miguel Carrizosa Alfaro, falleció el 24 de abril 2014;
Que de conformidad con el literal d) del artículo 27 del Decreto número 952 de 2014, los Cónsules Honorarios cesarán en sus funciones “Por incapacidad absoluta y permanente para el ejercicio de las funciones”;
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Declarar la cesación de funciones del señor Miguel Carrizosa Alfaro, quien se desempeñaba como Cónsul Honorario de Colombia en Asunción, Paraguay.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 4 de junio de 2015.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
La Ministra de Relaciones Exteriores,
María Ángela Holguín Cuéllar.