DIARIO OFICIAL. AÑO XCVI. N. 29943. 9, MAYO, 1959. PÁG. 1.
LEY 18 DE 1959
(mayo 04)
por la cual se abre un crédito adicional al Presupuesto para la vigencia fiscal de 1959. (Ministerio de Hacienda y Crédito Público).
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
DECRETA:
ARTÍCULO 1° Adiciónanse los cómputos líquidos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la dación para la presente vigencia fiscal, con la cantidad de diez y siete millones quinientos mil pesos ($ 17.500.000.00) moneda corriente, que con base en el Certificado de Disponibilidad número 32, expedido por el Contralor General de la República el 13 de marzo de mil novecientos cincuenta y ocho, se incorpora con imputación al siguiente numeral:
RECURSOS DEL CRÉDITO |
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Numeral 131. Producto de la emisión, del Certificado Provisional de Bonos Internos de Salinas (1957) número 21, de la Clase "A" del 4% de interés anual, para financiar el ensanche de la Planta de Soda de Betania, y la Industria salinera (concesión), de conformidad con el contrato celebrado el 13 de diciembre de 1957, aprobado por el Decreto Legislativo 0384 del mismo año, y las disposiciones del convenio elevado a escritura pública número 5575 del 5 de septiembre de 1950, en la Notaría Segunda de Bogotá | $ 17.500 000.00 |
Total de recursos | $ 17.500.000.00 |
ARTÍCULO 2° Con base en el nuevo recurso fiscal de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso:
Ministerio de Hacienda y Crédito Público |
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Gastos de Administración, Auxilios y Otros |
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CAPÍTULO 111-A |
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Inversiones y Gastos con Recursos del Crédito |
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153. Al artículo 1158-A. Para entregar al Banco de la República el Certificado Provisional de Bonos Internos de Salinas (1957) número 21 de la Clase “A" del 4% de interés anual, emitido para financiar el ensanche de la Planta de Soda de Betania, de la Planta de Sal y de la Industria Salinera (concesión), de conformidad con el contrato celebrado el 13 de diciembre de 1957, artículo 10, aprobado por el Decreto legislativo 0381 del mismo año, y las estipulaciones del convenio elevado a escritura pública número 5575 del 5 de septiembre, de 1050, de la Notaría Segunda de Bogotá. | $ 17.500.000.00 |
Total de créditos | $ 17.500.000.00 |
Dada en Bogotá, D. E., a 29 de abril de 1959.
El Presidente del Senado,
Alberto Montezuma Hurtado
El Presidente de la Cámara de Representantes,
Guillermo Mora Londoño
El Secretario del Senado,
Jorge Manrique Terán
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Luis Alfonso Delgado.
República de Colombia.—Gobierno Nacional.
Bogotá, D. E., cuatro de mayo de mil novecientos cincuenta y nueve.
Publíquese y ejecútese
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Hernando Agudelo Villa