LEY111959195904 script var date = new Date(18/04/1959); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XCV. N. 29932. 24, ABRIL, 1959. PÁG. 1.por la cual se aprueban el Convenio y Acuerdo de la Unión Postal de las Américas y España, sus Reglamentos de Ejecución y sus Protocolos Finales, firmados en Bogotá el 11 de noviembre de 1955VigentefalsefalseRelaciones ExterioresfalsefalseLEY ORDINARIAfalse24/04/195918/04/195924/04/1959299321931

DIARIO OFICIAL. AÑO XCV. N. 29932. 24, ABRIL, 1959. PÁG. 1.

LEY 11 DE 1959

(abril 18)

por la cual se aprueban el Convenio y Acuerdo de la Unión Postal de las Américas y España, sus Reglamentos de Ejecución y sus Protocolos Finales, firmados en Bogotá el 11 de noviembre de 1955

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

DECRETA: 


ARTICULO 1° Apruébanse en todas sus partes el Convenio de la Unión Postal de las Américas y España, los Acuerdos de valores declarados, de encomiendas, de giros postales y de erección de un monumento homenaje, sus Reglamentos de Ejecución y sus Protocolos Finales, firmados en Bogotá el 11 de noviembre de 1955. 


ARTICULO 2° Los gastos de la Unión que deba sufragar Colombia, de conformidad con el artículo 15 del Convenio, en armonía con los artículos 112 y 113 del Reglamento de Ejecución del mismo, se imputarán al presupuesto anual del Ministerio de Comunicaciones. 

Dada en Bogotá, D. E., a 13 de abril de 1959. 

  

El Presidente del Senado, 

  

Alberto Montezuma Hurtado. 

  

El Presidente de la Cámara de Representantes, 

  

Guillermo Mora Londoño. 

  

Senado de la República. Secretaría General. 

  

El Secretario General del Senado, 

  

Jorge Manrique Terán. 

  

El Secretario General de la Cámara de Representantes, 

  

Luis Alfonso Delgado. 

  

República de Colombia. - Gobierno Nacional. 

  

Bogotá, D. E., diez y ocho de abril de mil novecientos cincuenta y nueve. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

ALBERTO LLERAS. 

  

Ministro de Relaciones Exteriores, 

  

Julio César Turbay Ayala. 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Hernando Agudelo Villa. 

  

El Ministro de Comunicaciones, 

  

Alonso Aragón Quintero.