DIARIO OFICIAL. AÑO XXXIV. N. 10792. 25, OCTUBRE, 1898. PÁG. 1.
LEY 18 DE 1898
(octubre 17)
Que deroga la 61 de 1888.
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo único. Derógase la Ley 61 de 1888, por la cual se conceden al Presidente de la República algunas facultades extraordinarias.
Dada en Bogotá, á 15 de Octubre de 1898.
El Presidente del Senado, Indalecio Saavedra. - El Presidente de la Cámara de Representantes, J. N. Valderrama. - El Secretario del Senado, Alejandro Posada. - El Secretario de la Cámara de Representantes, Miguel G. García Sierra.
Gobierno Ejecutivo. - Bogotá, 17 de Octubre de 1898.
Publíquese y ejecútese.
(L.S.) JOSE MANUEL MARROQUI N.
El Ministro de Gobierno, Aurelio Mutis.