LEY351980198012 script var date = new Date(15/12/1980); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXVII. N. 35669. 23, DICIEMBRE, 1980. PÁG. 5.por la cual se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia de 1.980 (Presidencia de la República y Ministerios de Hacienda y Crédito Público, Desarrollo Económico, Minas y Energía y Obras Públicas y Transporte), por $ 39.658.000.Vigencia en EstudiofalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalsePresupuesto publicofalseLEY ORDINARIAfalse23/12/198015/12/198015/12/1980356696935

DIARIO OFICIAL. AÑO CXVII. N. 35669. 23, DICIEMBRE, 1980. PÁG. 5.

LEY 35 DE 1980

(diciembre 15)

por la cual se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia de 1.980 (Presidencia de la República y Ministerios de Hacienda y Crédito Público, Desarrollo Económico, Minas y Energía y Obras Públicas y Transporte), por $ 39.658.000.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

DECRETA: 


Artículo 1°. Hacense los siguientes contracréditos en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1980 con base en los Certificados de Reserva y Disponibilidad números 2, 0010, 005, 002, y 004 de 1980, expedidos por el Contralor de la República: 

  

 

 

 

 


Artículo 2°. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior abrense los siguientes créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia: 

  

 

 

 

 


Artículo 3°. La presente ley rige a partir de la fecha de su sanción. 

Dada en Bogotá, D. E., a... de.......... mil novecientos ochenta (1980). 

  

El Presiente del honorable Senado de República, 

  

JOSE IGANCIO DIAZ GRANADOS 

  

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, 

  

HERNANADO TURBAY TURBAY 

  

El Secretario General del honorable Senado de la República, 

  

Amaury Guerrero 

  

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, 

  

Jairo Morera Lizcano 

  

República de Colombia - Gobierno Nacional. 

  

Bogotá D. E., 15 de diciembre de 1980. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

JULIO CESAR TURBAY AYALA 

  

El Ministro de Haciendo y Crédito Público 

  

Jaime García Parra.