DECRETO1921879187904 script var date = new Date(23/04/1879); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XV. N. 4400. 26, ABRIL, 1879. PÁG. 3.MINISTERIO DE GOBIERNOReformatorio del artículo 9o del decreto número 9 de 1879 (4 de enero)DEROGADOfalsefalseInteriorfalseDECRETO ORDINARIO26/04/187906/09/187926/04/1879440066453

DIARIO OFICIAL. AÑO XV. N. 4400. 26, ABRIL, 1879. PÁG. 3.

DECRETO 192 DE 1879

(abril 23)

Reformatorio del artículo 9o del decreto número 9 de 1879 (4 de enero)

Estado del documento: Derogado.[Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de los Estados Unidos de Colombia, 

  

Vistas las solicitudes hechas para que se reforme el artículo 9.° del decreto número 9 de 1879, de 4 de enero, i deseoso el Poder Ejecutivo de que los documentos de la Deuda interior de que trata el citado artículo, pueda concurrir a la conversion por "Pagarés del Tesoro," 

  

decreta

  


Artículo único. Redúcese al 25 por ciento cantidad que, en dinero efectivo, deben dar en préstamo al Gobierno los tenedores documentos de la Deuda interior, para convertirlos por "Pagarés del Tesoro," conforme a lo dispuesto en el artículo 9.° del decreto número 9 de 1879, de 4 de enero. 

  

Dado en Bogotá, a 23 de abril de 1879. 

  

JULIAN TRUJILLO. 

  

El secretario del Tesoro i Crédito nacional 

  

Emigdio Palau