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DECRETO251895189502 script var date = new Date(02/02/1895); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XXXI. N. 09696. 2. FEBRERO. 1895. PÁG. 1.MINISTERIO DE GOBIERNOPor el cual se establece una formalidad para el registro de instrumentos públicos y privadosDEROGADOfalsefalseInteriorfalseDECRETO ORDINARIO02/02/189516/08/189502/02/198596961091

DIARIO OFICIAL. AÑO XXXI. N. 09696. 2. FEBRERO. 1895. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 25 DE 1895

(febrero 02)

Por el cual se establece una formalidad para el registro de instrumentos públicos y privados

Estado del documento: Derogado.[Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

públicos y privados. 

  

El Vicepresidente de la República Encargado del Poder Ejecutivo, 

  

en uso de las facultades que le otorga el artículo 121 de la Constitución, 

  

DECRETA

  


Artículo único. Prohíbese a los Registradores de instrumentos públicos y privados registrar escrituras y documentos de cual quiera (sic) clase sin que preceda para cada caso particular la correspondiente venia, por escrito, del ministro de gobierno. 

  

Serán nulas las inscripciones que se lleven a cabo sin este requisito. 

  

El presente decreto empezara a regir desde esta fecha. 

  

Comuníquese. 

  

Dado en Bogotá, en el Palacio de Gobierno, a 2 de febrero de 1895. 

  

M.A.CARO. 

  

El Ministro de Gobierno, 

  

José Domingo Ospina C

  

El Ministro de Relaciones Exteriores, 

  

Marco F Suarez 

  

El Ministro de Hacienda, 

  

Carlos Uribe

  

El Ministro de Guerra, 

  

Edmundo Cervantes

  

El Ministro de Instrucción Pública, 

  

Liborio Zerda

  

El Ministro del Tesoro, 

  

Miguel Abadia Mendez