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DECRETO13011993199307 script var date = new Date(07/07/1993); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXXIX. N. 40942. 9, JULIO, 1993. PÁG. 3.MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHOpor el cual se crea una notaría en el Círculo Notarial de Cali.VigentefalsefalsefalsefalseDECRETO ORDINARIO09/07/199309/07/19934094233

DIARIO OFICIAL. AÑO CXXIX. N. 40942. 9, JULIO, 1993. PÁG. 3.

ÍNDICE [Mostrar]

RESUMEN DE MODIFICACIONES [Mostrar]

DECRETO 1301 DE 1993

(julio 07)

por el cual se crea una notaría en el Círculo Notarial de Cali.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 131 de la Constitución Política, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que el incremento en los volúmenes de escrituración, el crecimiento de la población, la asignación de nuevas funciones a las notarías y la necesidad de mejorar la prestación del servicio notarial, hace indispensable la creación de una nueva notaría que dé respuesta a las actuales circunstancias de progreso económico-social de la ciudad de Cali; 

  

Que en acuerdo expedido por el Concejo de Cali, se adoptó para la administración, 20 comunas en el Municipio de Cali; 

  

Que las notarías del círculo de esta ciudad, en un 93%, se encuentran particularmente en el sector del centro, privando a los usuarios de otros sectores populosos del fundamental servicio; 

  

Que para la eficaz prestación del servicio notarial, es necesario atender los sectores de la ciudad que se encuentran más desprotegidos, con el fin de satisfacer las crecientes necesidades de la comunidad en materia de servicios notariales; 

  

Que el inciso 3° del artículo 131 de la Constitución Política de Colombia establece que "corresponde al Gobierno Nacional la creación, supresión y fusión de los círculos de notariado y registro y la determinación del número de notarías y oficinas de registro"; 

  

Que el numeral 10 del artículo 9° del Decreto 2158 de 1992 faculta al Superintendente de la Superintendencia de Notariado y Registro para proponer al Gobierno Nacional la creación o supresión de notarías; 

  

Que la Superintendencia de Notariado y Registro adelantó los estudios para la creación de nuevas notarías teniendo en cuenta los factores de volumen de escrituración de las actuales y de crecimiento poblacional de la ciudad de Cali, así como las reiteradas solicitudes presentadas por la ciudadanía para la creación de nuevas notarías; 

  

Que por lo anteriormente expuesto, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1° Créase en el Círculo Notarial de Cali la Notaría Dieciséis la cual tendrá la siguiente ubicación: 

  

Notaría número 

Comuna 

Categoría 

16 

1ª 

  


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]


Artículo 2° De conformidad con lo dispuesto en el artículo 157 del Decreto 960 de 1970, modificado por el Decreto 2163 de 1970, artículo 44, inciso 2°, la localización de la sede de la notaría creada en el artículo anterior, será autorizada previamente por la Superintendencia de Notariado y Registro. 

  


Artículo 3° La Superintendencia de Notariado y Registro verificará que el local en donde funcione la notaría reúna las condiciones exigidas para la buena prestación del servicio, conforme a lo establecido en el Estatuto Notarial. 

  


Artículo 4° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. 

  

Publíquese y cúmplase. 

  

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 7 de julio de 1993. 

  

CESAR GAVIRIA TRUJILLO 

  

El Ministro de Justicia y del Derecho, 

  

Andrés González Díaz.