DECRETO3071993199302 script var date = new Date(15/02/1993); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXXVIII. N. 40751. 15, FEBRERO, 1993. PÁG. 3.MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHOpor el cual se crea el Círculo Notarial de Dosquebradas y se crea una Notaría.VigentefalsefalsefalsefalseDECRETO ORDINARIO15/02/199315/02/19934075133

DIARIO OFICIAL. AÑO CXXVIII. N. 40751. 15, FEBRERO, 1993. PÁG. 3.

DECRETO 307 DE 1993

(febrero 15)

por el cual se crea el Círculo Notarial de Dosquebradas y se crea una Notaría.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 131 de la Constitución Política, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que es preocupación del Gobierno Nacional propender por la búsqueda de soluciones a las necesidades más sentidas de la población colombiana; 

  

Que el Gobierno Nacional es consciente de la necesidad de ofrecer cada día un mejor servicio a quien lo demande, y de brindar mayor comodidad a los usuarios en todas aquellas regiones del territorio nacional; 

  

Que de conformidad con el numeral 10 del artículo 9° del Decreto 2158 de 1992, la Superintendencia de Notariado y Registro ha hecho un análisis de las condiciones de desarrollo económico-social presente y futuro de los municipios y regiones del país lo que le ha permitido recomendar al Gobierno la creación de círculos de notariado y la determinación del número de notarios; 

  

Que la ampliación de la cobertura del servicio público de notariado mediante la creación de círculos notariales y notarías, facilitará el acceso del usuario al servicio y redundará en eficacia y eficiencia en la prestación del mismo; 

  

Que la cobertura del actual servicio de notariado equivale al 45.4% de los 1.022 municipios del país, correspondiente a 465 círculos notariales con un total de 611 notarías; 

  

Que el inciso 3° del artículo 131 de la Constitución Política establece "corresponde al Gobierno la creación, supresión y fusión de los círculos de notariado y registro y la determinación del número de notarios y oficinas de registro"; 

  

Que por lo anteriormente expuesto, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1° Para la prestación del servicio público notarial créase el siguiente Círculo Notarial cuya comprensión municipal y categoría será la que a continuación se indica: 

  

Circulo Notarial 

Comprensión Municipal 

Categoría 

Departamento de Risaralda. 

Dosquebradas 

Dosquebradas 

1ª 

  


Artículo 2° Créase la Notaría Única del Círculo Notarial de Dosquebradas. 

  


Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. 

  

Publíquese y cúmplase. 

  

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 15 de febrero de 1993. 

  

CESAR GAVIRIA TRUJILLO 

  

El Ministro de Justicia, 

  

Andrés González Díaz.