DECRETO3051993199302 script var date = new Date(15/02/1993); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXXVIII. N. 40751. 15, FEBRERO, 1993. PÁG. 3.MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHOpor el cual se crea el Círculo Notarial de San José del Guaviare y se crea una Notaría.VigentefalsefalsefalsefalseDECRETO ORDINARIO15/02/199315/02/19934075133

DIARIO OFICIAL. AÑO CXXVIII. N. 40751. 15, FEBRERO, 1993. PÁG. 3.

DECRETO 305 DE 1993

(febrero 15)

por el cual se crea el Círculo Notarial de San José del Guaviare y se crea una Notaría.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 131 de la Constitución Política, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que es preocupación del Gobierno Nacional propender por la búsqueda de soluciones a las necesidades mas sentidas de la población colombiana; 

  

Que el Gobierno Nacional es consciente de la necesidad de ofrecer cada día un mejor servicio a quien lo demande, y de brindar mayor comodidad a los usuarios en todas aquellas regiones del territorio nacional; 

  

Que de conformidad con el artículo 309 de la Constitución Política de Colombia, la Comisaría del Guaviare fue erigida en departamento, constituyéndose el Municipio de San José del Guaviare como su capital; 

  

Que el Municipio de San José del Guaviare carece de notaría, en perjuicio de la comunidad que requiere este servicio; 

  

Que la ampliación de la cobertura del servicio público de notariado mediante la creación de círculos notariales y notarías, facilitará el acceso del usuario al servicio y redundará en eficacia y eficiencia en la prestación del mismo; 

  

Que la cobertura del actual servicio de notariado equivale al 45.4% de los 1.022 municipios del país, correspondientes a 465 círculos notariales con un total de 611 notarías; 

  

Que el inciso 3° del artículo 131 de la Constitución Política establece "corresponde al Gobierno la creación, supresión y fusión de los círculos de notariado y registro y la determinación del número de notarios y oficinas de registro"; 

  

Que de conformidad con el numeral 10 del artículo 9° del Decreto 2158 de 1992 la Superintendencia de Notariado y Registro ha hecho una análisis de las condiciones de desarrollo económico-social presente y futuro de los municipios y regiones del país lo que le ha permitido recomendar al Gobierno la creación de círculos de notariado y la determinación del número de notarios; 

  

Que por lo anteriormente expuesto, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1° Para la prestación del servicio público notarial créase el siguiente círculo notarial cuya comprensión municipal y categoría será la que a continuación se indica: 

  

Circulo Notarial 

Comprensión Municipal 

Categoría 

Departamento del Guaviare 

San José del Guaviare 

San José del Guaviare 

1ª 

  


Artículo 2° Créase la Notaria única en el Círculo Notarial de San José del Guaviare, Guaviare. 

  


Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. 

  

Publíquese y cúmplase. 

  

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 15 de febrero de 1993. 

  

CESAR GAVIRIA TRUJILLO 

  

El Ministro de Justicia, 

  

Andrés González Díaz.