DIARIO OFICIAL. AÑO CXLIII. N. 46796. 29, OCTUBRE, 2007. PÁG. 84.
RESUMEN DE MODIFICACIONES [Mostrar] |
DECRETO 4137 DE 2007
(octubre 26)
por el cual se modifica el Decreto 2489 de 2006 y se dictan otras disposiciones.
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,
DECRETA:
Artículo 1°. Suprímense de la nomenclatura de empleos de que trata el Decreto 2489 de 2006, las siguientes denominaciones de empleo:
Nivel Jerárquico y denominación del empleo | Código | Grado |
Nivel Profesional |
|
|
Director de Establecimiento Carcelario | 2137 | 14 |
13 | ||
12 | ||
10 | ||
09 | ||
07 | ||
Subdirector de Establecimiento Carcelario | 2147 | 10 |
07 |
Afecta la vigencia de: [Mostrar]
Artículo 2°. Adiciónase el artículo 2° del Decreto 2489 de 2006 con el siguiente parágrafo:
Parágrafo. Establécense para el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, las siguientes denominaciones de empleo:
Nivel Jerárquico y denominación del Empleo | Código | Clase |
Nivel Directivo |
|
|
Director de Establecimiento de Reclusión | 0195 | IV |
III | ||
II | ||
I | ||
Subdirector de Establecimiento de Reclusión | 0196 | II |
I |
Afecta la vigencia de: [Mostrar]
Artículo 3°. Fíjase la siguiente escala de asignaciones básicas mensuales para los empleos de Director y Subdirector de Establecimiento de Reclusión a que se refiere el artículo anterior:
Nivel Jerárquico y Denominación del Empleo | Código | Clase | Asignación Básica Mensual |
Nivel Directivo |
|
|
|
Director de Establecimiento de Reclusión | 0195 | IV | 1.962.375 |
III | 1.778.207 | ||
II | 1.623.777 | ||
I | 1.462.672 | ||
Subdirector de Establecimiento de Reclusión | 0196 | II | 1.623.777 |
I | 1.462.572 |
TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]
Artículo 4°. El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, presentará al Gobierno Nacional para su aprobación el ajuste de su planta de personal de acuerdo con lo establecido en el presente decreto.
Artículo 5°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 2489 de 2006 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 26 de octubre de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Carlos Olguín Sardi.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Oscar Iván Zuluaga Escobar.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.