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DECRETO35772011201109 script var date = new Date(27/09/2011); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXLVII. N. 48205. 27, SEPTIEMBRE, 2011. PÁG. 41.DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICApor el cual se establece la Planta de Personal de Parques Nacionales Naturales de Colombia y se dictan otras disposiciones.VigentefalsefalseFunción PúblicafalsefalseDECRETO ORDINARIO27/09/201127/09/2011482054141

DIARIO OFICIAL. AÑO CXLVII. N. 48205. 27, SEPTIEMBRE, 2011. PÁG. 41.

DECRETO 3577 DE 2011

(septiembre 27)

por el cual se establece la Planta de Personal de Parques Nacionales Naturales de Colombia y se dictan otras disposiciones.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y en concordancia con el literal n) del artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que Parques Nacionales Naturales de Colombia - con el fin de establecer la planta de personal presentó el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 95 a 97 del Decreto 1227 del 2005, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública; 

  

Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó viabilidad presupuestal. 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1°. Las funciones propias de Parques Nacionales Naturales de Colombia serán cumplidas por la planta de personal que se establece a continuación: 

  

Número de cargos 

Dependencia y denominación del cargo 

Código 

Grado 

DESPACHO DEL DIRECTOR 

1 (Uno)  

Director General de Unidad Administrativa Especial  

0015  

23  

2 (Dos)  

Asesor  

1020  

11  

1 (Uno)  

Profesional Universitario  

2044  

09  

1 (Uno)  

Secretario Ejecutivo  

4210  

23  

1 (Uno)  

Conductor Mecánico  

4103  

13  

PLANTA GLOBAL 

Número de cargos 

Dependencia y denominación del cargo 

Código 

Grado 

2 (Dos)  

Subdirector Técnico  

0150  

17  

1 (Uno)  

Subdirector Administrativo y Financiero  

0150  

17  

6 (Seis)  

Director Territorial  

0042  

17  

1 (Uno)  

Jefe de Oficina  

0137  

15  

5 (Cinco)  

Asesor  

1020  

13  

2 (Dos)  

Asesor  

1020  

11  

1 (Uno)  

Jefe de Oficina Asesora de Planeación  

1045  

15  

1 (Uno)  

Jefe de Oficina Asesora Jurídica  

1045  

15  

5 (Cinco)  

Profesional Especializado  

2028  

22  

22 (Veintidós)  

Jefe de Área Protegida  

2025  

21  

35 (Treinta cinco)  

Jefe de Área Protegida  

2025  

19  

1 (Uno)  

Profesional Especializado  

2028  

20  

11 (Once)  

Profesional Especializado  

2028  

18  

15 (Quince)  

Profesional Especializado  

2028  

16  

2 (Dos)  

Profesional Especializado  

2028  

14  

24 (Veinticuatro)  

Profesional Especializado  

2028  

13  

13 (Trece)  

Profesional Universitario  

2044  

11  

41 (Cuarenta y uno)  

Profesional Universitario  

2044  

09  

55 (Cincuenta cinco)  

Profesional Universitario  

2044  

08  

6 (Seis)  

Profesional Universitario  

2044  

06  

87 (Ochenta siete)  

Técnico Administrativo  

3124  

13  

36 (Treinta seis)  

Técnico Administrativo  

3124  

11  

1 (Uno)  

Secretario Ejecutivo  

4210  

23  

3 (Tres)  

Secretario Ejecutivo  

4210  

20  

13 (Trece)  

Secretario Ejecutivo  

4210  

18  

6 (Seis)  

Secretario Ejecutivo  

4210  

16  

2 (Dos)  

Conductor Mecánico  

4103  

13  

3 (Tres)  

Conductor Mecánico  

4103  

11  

19 (Diecinueve)  

Auxiliar Administrativo  

4044  

22  

3 (Tres)  

Auxiliar Administrativo  

4044  

20  

5 (Cinco)  

Auxiliar Administrativo  

4044  

13  

4 (Cuatro)  

Auxiliar Administrativo  

4044  

11  

70 (Setenta)  

Operario Calificado  

4169  

13  

77 (Setenta y Siete)  

Operario Calificado  

4169  

11  


Artículo 2°. El Director de Parques Nacionales Naturales de Colombia, mediante Resolución, incorporará los empleados públicos que del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial continuarán prestando sus servicios en Parques Nacionales Naturales de Colombia y distribuirá los cargos de la planta global teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades de la institución. 

  


Artículo 3°. La incorporación de los empleados a la planta de personal establecida en el artículo 1° del presente decreto, se efectuará dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de su publicación. 

  


Artículo 4°. La incorporación y el nombramiento en los empleos de la planta de personal, se realizará de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004 y demás disposiciones sobre la materia. 

  


Artículo 5°.La provisión de los empleos creados en el presente decreto se efectuará en forma gradual, de conformidad con las disponibilidades presupuestales y hasta la concurrencia de las respectivas apropiaciones. 

  


Artículo 6°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. 

  

Publíquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá, D. C., a 27 de septiembre de 2011. 

  

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Juan Carlos Echeverry Garzón. 

  

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, 

  

Elizabeth Rodríguez Taylor.