DIARIO OFICIAL. AÑO V. N. 1673. 27, AGOSTO, 1869. PÁG. 1.
ÍNDICE [Mostrar] |
DECRETO 18690825 DE 1869
(agosto 25)
Abriendo un crédito suplemental al presupuesto de gastos para la vigencia económica de 1868 a 1869
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio. |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
CONSIDERANDO:
Que la cantidad votada para impresiones oficiales en el corriente año económico ha venido a ser deficiente a causa de la necesidad que hubo de mantener durante algunos dias la publicacion del "Diario Oficial, edicion de la tarde," lo cual costó mil ochocientos cuarenta pesos, i el mayor gasto que hubo necesidad de hacer de todos los documentos relativos a la escavacion de un canal interoceánico:
Que se necesita una suma no menor de dos mil pesos para llenar este déficit,
DECRETA:
Art. 1.° Abrese al Presupuesto de gastos para la vijencia económica de 1868 a 1869, el siguiente crédito suplemental:
Departamento de lo Interior.
Cap. 9.° Impresiones oficiales.
Artículo único. Para impresiones oficiales, $2,000.
Art. 2.° Este crédito figurará en la cuenta de la Secretaría de lo Interior i Relaciones Esteriores, conforme a lo dispuesto en el artículo 90 de la lei organizando la Hacienda nacional; i de acuerdo con el artículo 91 de la misma lei, dése cuenta al Congreso en las próximas sesiones para la regularizacion lejislativa.
Dado en Bogotá, a 25 de agosto de 1869.
SANTOS GUTIERREZ
El secretario de lo Interior i Relaciones Esteriores,
Antonio María Pradilla.