DECRETO7682004200403 script var date = new Date(11/03/2004); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXXXIX. N. 45492. 16, MARZO, 2004. PÁG. 16.DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICApor el cual se fija transitoriamente la remuneración de los servidores públicos docentes al servicio del Estado en los niveles de preescolar, básica o media que se vinculen en provisionalidad al servicio público educativo de conformidad con lo establecido en el Decreto-ley 1278 de 2002.Declarado NulofalsefalseFunción PúblicafalsefalseDECRETO ORDINARIO16/03/200416/03/2004454921616

DIARIO OFICIAL. AÑO CXXXIX. N. 45492. 16, MARZO, 2004. PÁG. 16.

RESUMEN DE JURISPRUDENCIA [Mostrar]

DECRETO 768 DE 2004

(marzo 11)

por el cual se fija transitoriamente la remuneración de los servidores públicos docentes al servicio del Estado en los niveles de preescolar, básica o media que se vinculen en provisionalidad al servicio público educativo de conformidad con lo establecido en el Decreto-ley 1278 de 2002.

ESTADO DE VIGENCIA: Declarado Nulo. [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4° de 1992, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1°. Los docentes que de conformidad con el Decreto-ley 1278 de 2002, sean nombrados en provisionalidad a las plantas de cargos de las entidades territoriales certificadas, percibirán la siguiente asignación básica mensual máxima: 

  

Asignación básica mensual máxima: 

  

Normalista superior $572.274 pesos moneda corriente. 

  

Licenciado o profesional $727.292 pesos moneda corriente. 

  

La remuneración de que trata el presente artículo, se mantendrá hasta tanto el Gobierno Nacional fije el régimen salarial para los docentes y directivos docentes que se vinculen de conformidad con el nuevo estatuto de profesionalización docente establecido en el Decreto-ley 1278 de 2002. 

  


Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias. 

  

Publíquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá, D. C., a 11 de marzo de 2004. 

  

ÁLVARO URIBE VÉLEZ 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Alberto Carrasquilla Barrera. 

  

La Ministra de Educación Nacional, 

  

Cecilia María Vélez White. 

  

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, 

  

Fernando Grillo Rubiano.