Lectura de documento:

Curso SUIN-Juriscol


Inscripciones abiertas

Curso características de los procesos de constitucionalidad y nulidad

Inscripciones abiertas

Curso Calidad Normativa


Inscripciones abiertas
DECRETO5541881188108 script var date = new Date(01/08/1881); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XVII. N. 5093. 06, AGOSTO, 1881. PÁG. 2.MINISTERIO DE GOBIERNOPor el cual se dispone la reincorporación del Territorio nacional de Bolívar en el estado soberano de SantanderVigentefalsefalseInteriorfalseDECRETO ORDINARIO06/08/188106/08/1881509394242

DIARIO OFICIAL. AÑO XVII. N. 5093. 06, AGOSTO, 1881. PÁG. 2.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 554 DE 1881

(agosto 01)

Por el cual se dispone la reincorporación del Territorio nacional de Bolívar en el estado soberano de Santander

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de los Estados Unidos de Colombia, 

  

Visto el artículo único de la ley 77 de 1881 (2 de Julio), y en uso de sus facultades, 

  

DECRETA: 

  


Art. 1.° Desde primero de Setiembre próximo, el Territorio de Bolívar, que había sido cedido al Gobierno nacional por la ley IX de 1870, expedida por la Asamblea Legislativa del Estado de Santander, dejará de ser administrado por el Gobierno nacional y quedará reincorporado en el Estado mencionado. En consecuencia, desde esa fecha cesarán en sus destinos los actuales empleados del orden político y judicial. 

  


Art. 2.° El Secretario del Juez nacional de primera instancia, el Agente fiscal, el Prefecto y los Corregidores del Territorio, formarán un inventario de los expedientes, documentos, libros & a de las respectivas oficinas, así como de los útiles y enseres de las mismas, y los entregarán á los empleados ó comisionados que el Gobierno del Estado de Santander nombre con el objeto de recibir el Territorio. 

  

Comuníquese al Prefecto del Territorio y al Gobierno Ejecutivo de Santander. 

  

Dado en Bogotá, á 1.° de Agosto de 1881. 

  

RAFAEL NUÑEZ. 

  

El Secretario de Gobierno, 

  

Clímaco Calderon