DIARIO OFICIAL. AÑO LXXXVIII. N. 27853. 13, MARZO, 1952. PÁG. 2.
RESUMEN DE MODIFICACIONES [Mostrar] |
DECRETO 546 DE 1952
(febrero 25)
Por el cual se declara libre la importación de licores y cigarrillos
Estado del documento: Derogado.[Mostrar] |
Subtipo: DECRETO LEGISLATIVO
El Designado, encargado de la Presidencia de la Republica de Colombia,
en uso de sus atribuciones y especialmente de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y
CONSIDERANDO
que por Decreto número 3518 del 9 de noviembre de 1949 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio nacional,
DECRETA:
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 25 de febrero de 1952.
ROBERTO URDANETA ARBELAEZ
El Ministro de Gobierno, Luis Ignacio Andrade. El Ministro de Justicia, encargado del Despacho de Relaciones Exteriores, Juan Uribe Holguín. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Álvarez Restrepo. El Ministro de Guerra, José María Bernal. El Ministro de Agricultura y Ganadería, Camilo J. Cabal. El Ministro del Trabajo, Alfredo Araujo Grau. El Ministro de Higiene, Miguel Antonio Rueda Galvis El Ministro de Fomento, Carlos Villaveces. El Ministro de Educación Nacional, Rafael Azula Barrera. El Ministro de Correos y Telégrafos, Carlos Echeverri Cortés. El Ministro de Obras Públicas, Jorge Leyva.