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DECRETO4761879187911 script var date = new Date(05/11/1879); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO MDCCCLXXIX. N. 4560. 12, NOVIEMBRE, 1879. PÁG. 1MINISTERIO DE GOBIERNODeclarando canceladas ciertas certificaciones de renta nominal al 3 por 100 de interés anualVigentefalsefalseInteriorfalseDECRETO ORDINARIO12/11/187912/11/1879456072871

DIARIO OFICIAL. AÑO MDCCCLXXIX. N. 4560. 12, NOVIEMBRE, 1879. PÁG. 1

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 476 DE 1879

(noviembre 05)

Declarando canceladas ciertas certificaciones de renta nominal al 3 por 100 de interés anual

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de los Estados Unidos de Colombia, 

  

Visto el artículo 5.° del decreto número 526 de 1877, que dice así : 

  

"Si por las escrituras de fundacion o por otros documentos tambien auténticos, se viniere en conocimiento de que alguna o algunas de las certificaciones de renta nominal al 3 por 100, enumeradas en la relacion marcada con el número 2.°, pertenecen a las entidades de que trata el artículo 1.° de la lei, se describirá la correspondiente partida de cancelacion y se publicará la noticia en el diario oficial;" i 

  

CONSIDERANDO: 

  

1.° Que el parágrafo del artículo 1.° de la lei 8.ª de 1877 solo esceptuó de la cancelacion dispuesta en ella, la renta viajera de que disfrutan los frailes i monjas esclaustrados i los patronatos i capellanías que tengan el carácter de propiedad particular ; i 

  

2.° Que el patronato de las fundaciones hechas por Rafael Gaviria i por Ignacio Gutiérrez Sierra carece de ese carácter, pues no pertenece a los miembros de la familia del fundador, sino que corresponde : el de la primera cara i al juez de primer voto del distrito de Medellin , i el de la segunda a los curas Vicarios del mismo distrito, que son personas ficticias i jurídicas; 

  

DECRETA: 

  


Art. 1.° Decláranse canceladas las siguientes certificaciones de renta nominal al 3 por 100 de interes anual : 

La número 175, a favor de la fundación de Rafael Gaviria, por$ 1,00
I la número 178, a favor de la fundacion de Ignacio Gutiérrez S., por2660
Suma$ 3, 660

Art. 2.° La Direccion del Crédito nacional procederá a describir en sus libros la partida de cancelacion por la suma de 3, 660 pesos que importan los capitales de las certificaciones referidas. 

  

Dado en Bogotá, a 5 de noviembre de 1879. 

  

JULIAN TRUJILLO 

  

El Secretario de Tesoro i Crédito nacional, 

  

Emigdio Paláu.