DIARIO OFICIAL. AÑO CXLVIII. N. 48726. 8, MARZO, 2013. PAG.12.
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DECRETO 394 DE 2013
(marzo 07)
por el cual se honra la memoria del doctor Hugo Rafael Chávez Frías.
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 4ª de 1913,
CONSIDERANDO:
Que el Excelentísimo señor Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Rafael Chávez Frías, falleció en la ciudad de Caracas, el 5 de marzo de 2013, a los 58 años de edad;
Que el Presidente Chávez Frías fue un destacado y caracterizado dirigente de su país y de América Latina, siempre preocupado por el bienestar social de los más desfavorecidos y por la unión de propósitos de nuestras naciones para mejorar la calidad de vida de nuestros pueblos;
Que, como Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, fomentó vínculos de amistad y cooperación con la República de Colombia;
Que el señor Presidente Chávez Frías fue ganador del Premio Internacional José Martí de la Unesco por su constante actuación a favor de la integración de los países de Latinoamérica y del Caribe, así como por su labor por preservar la identidad, las tradiciones culturales y los valores históricos de los países de la zona;
Que el señor Presidente Chávez Frías fue un gran impulsor de políticas y de programas sociales, llamadas "misiones", en especial las educativas y de asistencia médica para los venezolanos más vulnerables;
Que igualmente implementó programas de vivienda para disminuir el déficit de viviendas en Venezuela;
Que el señor Presidente de la República Bolivariana de Venezuela fue un personaje carismático, comprometido con su pueblo, con una fuerte conexión con las clases más desfavorecidas, cristiano ferviente y admirador del Libertador Simón Bolívar, padre de cinco naciones americanas;
Que como Presidente y Jefe de Estado impulsó la creación de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y del Caribe (Celac), como un ámbito de coordinación política y cooperación regional;
Que es voluntad del Gobierno Nacional, en representación del pueblo colombiano, rendir justo y merecido homenaje a este líder venezolano y latinoamericano que fue buen amigo de Colombia y promotor de una región justa y en paz.
DECRETA:
Artículo 1°.El Gobierno Nacional manifiesta su profundo dolor por el sensible fallecimiento del Excelentísimo señor Hugo Rafael Chávez Frías, Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, expresa sus condolencias y sentimientos de solidaridad a sus hijos: Rosa Virginia, María Gabriela, Hugo Rafael y Rosinés y a sus nietos.
Artículo 2°. Decrétese duelo nacional por el término de un día, durante el cual se izará el Pabellón Nacional a media asta en todos los edificios públicos del país y las Embajadas de Colombia en el exterior.
Artículo 3°. El Presidente de la República de Colombia asistirá a los solemnes funerales del Excelentísimo señor Hugo Rafael Chávez Frías, Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, donde se le rendirán los honores correspondientes a su dignidad.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D C., a 7 de marzo de 2013.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
La Ministra de Relaciones Exteriores,
María Ángela Holguín Cuéllar.