DIARIO OFICIAL. AÑO MDCCCLXXIX. N. 4345. 3, FEBRERO, 1879. PÁG. 4
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DECRETO 45 DE 1879
(febrero 01)
Por el cual se declara perturbado el orden público jeneral en el Estado de Antioquia
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de los Estados Unidos de Colombia
CONSIDERANDO:
1.° Que segun informes oficiales, dignos de entero crédito, ha estallado una revolucion armada en el Estado soberano de Antioquia ;
2.° Que ha sido aprehendido por los revolucionarios, en el camino de Manizáles a Honda, el Subteniente de la Guardia colombiana Visitacion Ramírez, que venia para esta última ciudad a buscar i conducir los fondos destinados a los Gastos de la Guardia colombiana de Antioquia ;
3.° Que las fuerzas revolucionarias organizadas en el Estado de Antioquia, se preparaban para obrar sobre los Cuerpos de la Guardia colombiana situados en Salamina i Manizáles;
4.° Que las fuerzas revolucionarias organizadas en los pueblos del Tolima, limítrofes con el Estado de Antioquia, han invadido este Estado en apoyo del movimiento revolucionario que en él ha tenido principio;
5.° Que las mismas fuerzas han ocupado en el desarrollo de sus planes, territorio perteneciente al Estado de Cauca; i
6.° Que el Poder Ejecutivo tiene por lá Constitucion el deber de velar por la conservacion del órden jeneral i de mantener el pacto de Union entre los Estados.
DECRETA:
Art. 1.° Declárase perturbado el órden público jeneral en el Estado soberano de Antioquia.
Los efectos de esta declaratoria comprenden a los individuos de otros Estados, que sean cómplices o ausiliadores del movimiento revolucionario que ha estallado en Antioquia.
Art. 2° Por conducto de la Secretaría de Guerra i Marina se dictarán las medidas conducentes a obtener el pronto restablecimiento de la paz.
Comuníquese a los Gobiernos de los Estados i publíquese.
Dado en Bogotá, a 1° de febrero de 1879.
JULIAN TRUJILLO
El secretario de lo Interior i Relaciones Esteriores,
Pablo Arosemena