LEY131962196204 script var date = new Date(13/04/1962); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XCVIII. N. 30779. 27, ABRIL, 1962. PÁG. 1.CONGRESO DE LA REPUBLICApor medio de la cual se dan unas autorizaciones al Gobierno Nacional.DEROGADOfalsefalsePlaneaciónfalseContratación estatal|Desarrollo territorial|Servicios públicos domiciliariosfalseLEY ORDINARIAfalse27/04/196203/03/202113/04/1962307793211

DIARIO OFICIAL. AÑO XCVIII. N. 30779. 27, ABRIL, 1962. PÁG. 1.

RESUMEN DE MODIFICACIONES [Mostrar]

LEY 13 DE 1962

(abril 13)

por medio de la cual se dan unas autorizaciones al Gobierno Nacional.

Estado del documento: Derogado.[Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1°. Derogado. 


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]

LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]



Artículo 2°. Derogado. 

  


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]

LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]



Artículo 3°. Derogado. 


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]

LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]



Artículo 4°. Derogado. 

  


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]

LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]



Artículo 5°. Derogado. 


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]

LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]


Publíquese y ejecútese. 

  

ALBERTO LLERAS. 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Aurelio Camacho Rueda. 

  

El Ministro de Fomento, 

  

Aurelio Camacho Rueda.