LEY111933193310 script var date = new Date(09/10/1933); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXIX. N. 22416. 19, OCTUBRE, 1933. PÁG. 1.CONGRESO DE COLOMBIAPor la cual se amplía la Ley 37 de 1932Vigencia en EstudiofalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseFinanzas territoriales|Tributario territorialfalseLEY ORDINARIAfalse19/10/193309/10/1933224161131

DIARIO OFICIAL. AÑO LXIX. N. 22416. 19, OCTUBRE, 1933. PÁG. 1.

LEY 11 DE 1933

(octubre 09)

Por la cual se amplía la Ley 37 de 1932

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1º. Grávense en favor de los Departamentos y Municipios, desde la sanción de esta Ley, los intereses que estas entidades pagan por concepto de deuda interna. Este impuesto será equivalente a la cantidad en que dichos intereses excedan del seis por ciento (6 por 100) anual. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]



Artículo 2º. Esta Ley regirá desde su sanción. 

  

Dada en Bogotá a cuatro de octubre de mil novecientos treinta y tres. 

  

El Presidente del Senado, RAFAEL MENDEZ. El Presidente de la Cámara de Representantes, JOSEJOAQUIN CASTRO M. El Secretario del Senado, Odilio Vargas. El Secretario de la Cámara de Representantes, Carlos Samper Sordo. 

  

Poder Ejecutivo Bogotá, octubre 9 de 1933. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

ENRIQUE OLAYA HERRERA 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Esteban JARAMILLO