Lectura de documento:

Curso SUIN-Juriscol


Inscripciones abiertas

Curso características de los procesos de constitucionalidad y nulidad

Inscripciones abiertas

Curso Calidad Normativa


Inscripciones abiertas
DECRETO4101932193203 script var date = new Date(05/03/2005); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXVIII. N. 21935. 9, MARZO, 1932. PÁG. 3.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOPOR EL CUAL SE ADICIONA EL MARCADO CON EL NUMERO 1347 DE 1° DE AGOSTO DE 1931VigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalsefalseDECRETO ORDINARIOfalse09/03/193205/03/193209/03/1932219356873

DIARIO OFICIAL. AÑO LXVIII. N. 21935. 9, MARZO, 1932. PÁG. 3.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 410 DE 1932

(marzo 05)

POR EL CUAL SE ADICIONA EL MARCADO CON EL NUMERO 1347 DE 1° DE AGOSTO DE 1931

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, y visto el artículo 11 de la Ley 89 del mismo año, 

  

DECRETA: 

  


Artículo único. Disfrutarán también de exención de derechos de aduana, solicitada en la forma prevista por el Decreto 1347 de 1931, los órganos, armonios y ornamentos litúrgicos, que se importen con destino al culto católico. 

  

En los anteriores términos queda adicionado el Decreto 1347 de 1931. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]


Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Fusagasuga a 5 de marzo de 1932. 

  

ENRIQUE OLAYA HERRERA 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Esteban JARAMILLO