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DECRETO1031952195201 script var date = new Date(17/01/1952); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXXVIII. N. 27843. 1, MARZO, 1952. PÁG. 4.MINISTERIO DE GOBIERNOPor el cual se aprueba el Decreto número 290 de 30 de noviembre de 1951, expedido por el señor Gobernador del Departamento de BoyacáVigentefalsefalseInteriorfalseDECRETO ORDINARIO01/03/195217/01/1952278437484

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXXVIII. N. 27843. 1, MARZO, 1952. PÁG. 4.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 103 DE 1952

(enero 17)

Por el cual se aprueba el Decreto número 290 de 30 de noviembre de 1951, expedido por el señor Gobernador del Departamento de Boyacá

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Designado, Encargado de la Presidencia de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales y especialmente de las que le confiere el Decreto legislativo número 3523 de 1949. 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1°. Apruébase en todas sus partes el decreto número 290 de 30 de noviembre de 1951, dictado por el Gobernador del Departamento de Boyacá "Por el cual se fija el Presupuesto de Rentas y Apropiaciones para la vigencia fiscal comprendida del 1° de enero al 31 de diciembre de 1952". 

  


Artículo 2°. Este Decreto rige desde su expedición. 

  

Comuníquese y publíquese 

  

Dado en Bogotá a 17 de enero de 1952. 

  

ROBERTO URDANETA ARBELAEZ 

  

El Ministro de Gobierno, Luis Ignacio Andrade - El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo.