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DECRETO32741953195312 script var date = new Date(14/12/1953); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XC. N. 28382. 29, DICIEMBRE, 1953. PÁG. 16.MINISTERIO DE EDUCACION NACIONALPor el cual se suprimen unos cargos, se crea otro, y se hacen unos nombramientos en el Ministerio de Obras Públicas --Ramo de Navegación--VigentefalsefalseEducación NacionalfalseDECRETO ORDINARIO28/12/195328/12/195328381132024

DIARIO OFICIAL. AÑO XC. N. 28382. 29, DICIEMBRE, 1953. PÁG. 16.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 3274 DE 1953

(diciembre 14)

Por el cual se suprimen unos cargos, se crea otro, y se hacen unos nombramientos en el Ministerio de Obras Públicas --Ramo de Navegación--

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el Decreto número 1600 de 1953, 

  

DECRETA: 

  


Articulo 1° Suprímense en el Departamento de Navevegación y Puertos del Ministerio de Obras Públicas, los siguientes cargos que fueron creados por Decreto número 0633 de 1951: 

  

Cajero Pagador de las obras de Magangué y Puertc Wilches. 

  

Un Almacenista en Puerto Wilches. 

  

Un Almacenista en Magangué. 

  

Un Ayudante de Almacén de las obras de Maganguí y Puerto Wilches. 

  

Un Bodeguero de la Inspección Fluvial de Gamarra 

  

Parágrafo. El Almacenista en Puerto Wilches y el Ayudante de Almacén de las obras de Magangué y Puerto Wilches, que se suprimen por el presente artículo devengarán los sueldos que tienen en la actualidad, hasta la fecha en que se termine la entrega de los elementos que tienen a su cargo. 

  


Artículo 2° Créase el cargo de Habilitado-Pagador Almacenista en Magangué, con asignación mensual de $ 500.00, que se pagará con fondos del Capítulo 113, artículo 1820 del Presupuesto vigente, y similares de vigencias posteriores. 

  


Artículo 3° Nómbrase al señor Víctor Pérez Arévalo para desempeñar el cargo de Cajero de la Sección 3ª, Caja Fluvial de la Intendencia Fluvial de Barranquilla, en reemplazo del señor José Alejandro García, quien renunció. 

  


Artículo 4° Para desempeñar el cargo de Habilitado Pagador Almacenista, en Magangué, que se crea por el artículo 2° del presente Decreto, nómbrase al señor Ramón P. Arenas. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 14 de diciembre de 1953. 

  

Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Carlos Villaveces 

  

El Ministro de Obras Públicas, 

  

Santiago Trujillo Gómez