DECRETO48952007200712 script var date = new Date(21/12/2007); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXLIII. N. 46849. 21, DICIEMBRE, 2007. PÁG. 24.MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIALpor el cual se aprueba la modificación de la Planta de Personal del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima.DEROGADOfalsefalseSalud y Protección SocialfalsefalseDECRETO ORDINARIO21/12/200708/10/201221/12/2007468492424

DIARIO OFICIAL. AÑO CXLIII. N. 46849. 21, DICIEMBRE, 2007. PÁG. 24.

DECRETO 4895 DE 2007

(diciembre 21)

por el cual se aprueba la modificación de la Planta de Personal del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima.

Estado del documento: Derogado.[Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública los estudios de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 95 y 97 del Decreto 1227 de 2005, el cual obtuvo concepto favorable de ese Departamento Administrativo; 

  

Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó certificado de viabilidad presupuestal; 

  

Que el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, en sesión del 24 de agosto de 2006, decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la adición de la planta de personal, como consta en el Acta número 04 de 2006, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1°. Apruébase la creación de los siguientes cargos de la Planta de Personal del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima: 

  

Número de cargos 

Denominación del empleo  

Código 

Grado 

PLANTA GLOBAL 

8 (Ocho) 

Profesional Especializado 

2028 

15 

251 (Doscientos Cincuenta y Uno) 

Profesional Universitario 

2044 

11 

19 (Diecinueve) 

Técnico Administrativo 

3124 

14 

8 (Ocho) 

Secretario 

4178 

14 

  


Artículo 2°. El Director General del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, distribuirá los cargos de la planta global a que hace referencia el artículo 1° del presente decreto mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio y los planes y programas de la Entidad. 

  


Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 212 de 2004. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]


Publíquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá, D. C., a 21 de diciembre de 2007. 

  

ÁLVARO URIBE VÉLEZ 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Oscar Iván Zuluaga Escobar. 

  

El Ministro de la Protección Social, 

  

Diego Palacio Betancourt. 

  

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, 

  

Fernando Grillo Rubiano.