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DECRETO8691940194004 script var date = new Date(30/04/1940); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXVI. N. 24358. 9, MAYO, 1940. PÁG. 13.MINISTERIO DE EDUCACION NACIONALPor el cual se suspenden los efectos de un decreto y se dicta otra disposiciónDEROGADOfalsefalseEducación NacionalfalseDECRETO ORDINARIO09/05/194009/05/19402435852513

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXVI. N. 24358. 9, MAYO, 1940. PÁG. 13.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 869 DE 1940

(abril 30)

Por el cual se suspenden los efectos de un decreto y se dicta otra disposición

Estado del documento: Derogado.[Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la Republica de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, y en especial de las extraordinarias que le confiere la Ley 54 de 1939, 

  

decreta: 

  


Artículo 1° Suspéndense los efectos del Decreto número 600 de 1940 hasta el 1° de julio próximo venidero. 

  


Artículo 2° Adscríbense al Secretario Habilitado de la Escuela Normal Superior las funciones de Secretario Habilitado de la Escuela Industrial de Bogotá. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 30 de abril de 1940. 

  

EDUARDO SANTOS 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Carlos LLERAS RESTREPO 

  

El Ministro de Educación Nacional, 

  

Jorge Eliécer GAITAN