DIARIO OFICIAL. AÑO LXXII. N. 23335. 16, NOVIEMBRE, 1936. PÁG. 1.
LEY 139 DE 1936
(octubre 19)
sobre provisión de publicaciones oficiales de carácter jurídico a los estudiantes de Derecho
Estado del documento: Derogado.[Mostrar] |
Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
decreta:
ARTICULO 1.° El Gobierno aumentará en adelante las ediciones de los códigos, compilaciones de leyes y obras de carácter jurídico en la cantidad que estime conveniente para suministrar, de manera gratuita, sendos ejemplares a los estudiantes de Derecho que lo soliciten.
ARTICULO 2.° Todo estudiante de Derecho podrá obtener gratuitamente, con la certificación de ser alumno matriculado en la Facultad respectiva, firmada por el Decano o por el Rector y el Secretario, un ejemplar de la Constitución Nacional, de cada uno de los códigos y de las demás obras de carácter jurídico editados en la Imprenta Nacional que se hallen en depósito, en el que necesariamente habrá de conservarse una reserva para atender las solicitudes de los legisladores.
Dada en Bogotá a diez de octubre de mil novecientos treinta y seis.
El Presidente del Senado, ALIRIO GOMEZ PICON-El Presidente de la Cámara de Representantes, HERNAN GOMEZ GOMEZ-El Secretario del Senado, Rafael Campo A.-El Secretario de la Cámara de Representantes, Carlos Samper Sordo.
Poder Ejecutivo-Bogotá octubre 19 de 1936.
Publíquese y ejecútese,
ALFONSO LOPEZ.
El Ministro de Gobierno, Alberto LLERAS CAMARGO.
El Ministro de Educación Nacional, Dario ECHANDIA.