DECRETO31961980198012 script var date = new Date(01/12/1980); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXVII. N. 35666. 18, DICIEMBRE, 1980. PÁG. 13.MINISTERIO DE EDUCACION NACIONALPor el cual se aprueba la planta de personal administrativo de la Universidad Pedagógica NacionalDEROGADOfalsefalseEducación NacionalfalseDECRETO ORDINARIO18/12/198024/01/198301/12/19803566665313

DIARIO OFICIAL. AÑO CXVII. N. 35666. 18, DICIEMBRE, 1980. PÁG. 13.

DECRETO 3196 DE 1980

(diciembre 01)

Por el cual se aprueba la planta de personal administrativo de la Universidad Pedagógica Nacional

Estado del documento: Derogado.[Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en ejercicio de sus facultades constitucionales, 

  

decreta

  


Artículo 1° Apruébase el Acuerdo número 152 del 21 de octubre de 1980, emanado del Consejo Superior de la Universidad Pedagógica Nacional, cuyo texto.es el siguiente: 

  

ACUERDO NUMERO 152 DE 1980. 

  

(octubre 21) 

  

por ,el cual ,se establece la Planta de Personal Administrativo de la Universidad Pedagógica Nacional. 

  

El Consejo Superior de-la Universidad Pedagógica Nacional, en ejercicio de sus atribuciones legales, 

  

acuerda: 

  


Artículo l° Las funciones administrativas propias de las distintas dependencias de la Universidad Pedagógica Nacional serán cumplidas por la Planta ,de Personal que a continuación se establece: 

  


Artículo 2° La Planta de Personal de trabajadores oficiales de la Universidad Pedagógica Nacional será de 113 cargos discriminados así: 

  


Artículo 3 Deróganse las Acuerdos números 113 de 1979, 148 de 1980,y demás disposiciones que le sean contrarias. 

  


Artículo 4° El presente Acuerdo rige a partir .de la fecha de su aprobación por el Gobierno Nacional. 

  

Comuníquese y cúmplase 

  

Dado en Bogotá. D. E., a 21 de octubre de 1980. 

  

El Presidente del Consejo (Fdo.), Juan Jacobo Muñoz. 

  

El Secretario del Consejo, (Fdo.), Pedro Alejandro Suárez Ruiz. 

  


Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición deroga el Decreto número 3092 del 14 de diciembre de 1979 y demás disposiciones que le sean contrarias. 

  

Comuniquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá, D. E., a 1° de diciembre de 1930. 

  

julio cesar turbay ayala. 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Jaime García Parra. El Ministro de Educación Nacional, Guillermo Angulo. Gómez. El Jefe del Departamento. Administrativo del Servicio Civil, Laura Ochoa de Ardila.