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DECRETO25321988198812 script var date = new Date(06/12/1988); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXXV. N. 38603. 6, DICIEMBRE, 1988. PÁG 2.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOpor el cual se modifica el artículo 5° del Decreto 721 de 1987 sobre Corporaciones de Ahorro y Vivienda.DEROGADOfalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseDECRETO ORDINARIO06/12/198801/07/199006/12/19883860322

DIARIO OFICIAL. AÑO CXXV. N. 38603. 6, DICIEMBRE, 1988. PÁG 2.

DECRETO 2532 DE 1988

(diciembre 06)

por el cual se modifica el artículo 5° del Decreto 721 de 1987 sobre Corporaciones de Ahorro y Vivienda.

Estado del documento: Derogado.[Mostrar]


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Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, en especial de las que le confiere el numeral 14 del artículo 120 de la Constitución Política, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1º. El artículo 5º del Decreto 721 de 1987 quedará así: 

  

"La Superintendencia Bancaria impondrá a las Corporaciones de Ahorro y Vivienda sobre los defectos patrimoniales en que incurran respecto de la relación máxima de activos totales a patrimonio autorizada por la Junta Monetaria, una sanción del 3% mensual sobre el valor del defecto". 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]



Artículo 2º. El presente Decreto rige desde la fecha de su publicación. 

  

Publíquese y cúmplase. 

  

Dada en Bogotá, D.E., a 6 de diciembre de 1988. 

  

VIRGILIO BARCO 

  

El Ministro de hacienda y Crédito Público, 

  

Luis Fernando Alarcón Mantilla.