DIARIO OFICIAL. AÑO LXX. N. 22740. 21, NOVIEMBRE, 1934. PÁG. 1
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DECRETO 2086 DE 1934
(noviembre 03)
Por el cual se deroga el marcado con el número 2136 de 1933 (Diciembre 22) y se reforma el número 761 de 1931 (abril 28)
Estado del documento: Derogado.[Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la Repúblicade Colombia,
en uso de la facultad que le confiere el artículo 3° de la Ley 2ª de 1931, y
CONSIDERANDO
que han desaparecido los motivos que determinaron la suspensión transitoria de la Junta de Mejoras Públicas de la Intendencia Nacional del Amazonas; que en la actualidad no existe en Leticia el personal que debe integrar dicha Junta, de acuerdo con el artículo 13 del Decreto 761 de 1931 (abril 28), y que es conveniente organizar tal Junta para el mejor gobierno de la Intendencia,
DECRETA:
Artículo 2° A partir de la fecha del presente Decreto el personal de la Junta de Mejoras Públicas de la Intendencia Nacional del Amazonas será el siguiente: el Intendente, el Comandante de la guarnición, el Director de la sucursal del Banco de la República y el Registrador de instrumentos públicos y privados, quienes desempeñarán sus funciones ad honórem.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 3 de noviembre de 1934.
ALFONSO LOPEZ
E1 Ministro de Gobierno,
Darío ECHANDIA