DIARIO OFICIAL. AÑO CXXXII. N. 42864. 28, AGOSTO, 1996. PÁG. 4.
DECRETO 1531 DE 1996
(agosto 26)
por el cual se aprueba el Acuerdo 112 de marzo de 1996 del Consejo Directivo del Instituto de Seguros Sociales, mediante el cual se modifica la planta de personal global y flexible del Instituto de Seguros Sociales.
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 4º del Decreto-ley 1651 de 1977,
DECRETA:
Artículo 1º. Aprobar el Acuerdo 112 de marzo 12 de 1996 del Consejo Directivo del Instituto de Seguros Sociales "por el cual se modifica la planta de personal global y flexible del Instituto de Seguros Sociales", cuyo texto es el siguiente:
"ACUERDO NUMERO 112 DE 1996
(marzo 12)
por el cual se modifica la planta de personal global y flexible del instituto de Seguros Sociales.
El Consejo Directivo del Instituto de Seguros Sociales, en ejercicio de sus facultades legales en especial las conferidas en el Decreto 2148 de 1992,
ACUERDA:
Artículo 1º. Suprímese de la planta de personal del Instituto de Seguros Sociales los siguientes cargos:
Número de cargos | Area | Nivel | Denominación | Clase |
1 | 1 | 3 | Jefe de Departamento | III |
1 | 1 | 3 | Jefe de Departamento | II |
Artículo 2º. Créase en la planta de personal del Instituto de Seguros Sociales los siguientes cargos:
Número de cargos | Area | Nivel | Denominación | Clase |
1 | 1 | 1 | Gerente | VIII |
5 | 1 | 3 | Jefe de Departamento | II |
Artículo 3º. La provisión de los cargos de que trata el artículo 2º del presente Acuerdo se hará hasta por el monto de las apropiaciones presupuestales del Instituto de Seguros Sociales, correspondientes a servicios personales para la presente vigencia.
Artículo 4º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de publicación del decreto del Gobierno Nacional que lo apruebe, modifica las disposiciones que le sean contrarias y deroga el Acuerdo 097 del 13 de julio de 1995.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 12 de marzo de i996.
Comuníquese y cúmplase.
El Presidente (Fdo.)
Orlando Obregón Sabogal.
El Secretario (Fdo.)
Luis Fernando Sáchica Méndez».
Artículo 2º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en la parte pertinente las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 26 de agosto de 1996.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
José Antonio Ocampo Gaviria.
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
Orlando Obregón Sabogal.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Edgar Alfonso González Salas.